Todos los laboratorios privados, a disposición de Sanidad para pruebas de la Covid

La Consejería de Sanidad regula la realización de pruebas diagnósticas de COVID-19 en laboratorios ajenos al Servicio Canario de la Salud mientras dure el estado de alarma

Guardar

Featured Image 35383
Featured Image 35383

Todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad privada de Canarias con capacidad diagnóstica para la detección de COVID-19 estarán a disposición de las autoridades sanitarias autonómicas, por si resultaran necesarios para complementar a los centros públicos.

Para ello la Consejería de Sanidad ha regulado la realización de pruebas diagnósticas de COVID-19 en laboratorios ajenos al Servicio Canario de la Salud (SCS) mientras dure el estado de alarma y ha publicado la orden correspondiente en el Boletín Oficial de Canarias, según explica el departamento autonómico en un comunicado.

Además los centros de investigación y universidades que hayan sido capacitados por el Instituto de Salud Carlos III como centros de apoyo al sistema sanitario también formarán parte del sistema de pruebas diagnósticas bajo la coordinación del SCS, que los podrá requerir para realizar pruebas diagnósticas cuando resulten necesarios.

Esta orden se emite para asegurar la homogeneidad y calidad de todos los servicios, públicos o privados, que pudieran ser necesarios ante la previsible continuidad de la presencia de coronavirus en Canarias durante los próximos meses y la necesidad de contener su avance. ​



#SOCIEDAD | El número de casos acumulados de contagiados desde el comienzo de la pandemia de #coronavirus en #Canarias es de 2.205https://t.co/jM6rc9MDBy









Para poder realizar estas pruebas, los laboratorios deberán contar con una autorización emitida por la Dirección General de Salud Pública del SCS, en la que se certificará que se cumplen con los requisitos.

Estos son los de que la prescripción de la prueba se realizará siempre por un facultativo en ejercicio y se ajustará a los criterios y procedimientos vigentes por la autoridad sanitaria y se deberá garantizar que las técnicas y materiales utilizados estén validados por el organismo nacional competente.

Además deberán contar con los medios necesarios para completar el proceso diagnóstico de infección activa por COVID-19 y notificar diariamente los resultados de las pruebas realizadas a la Dirección General de Salud Pública.

Asimismo el facultativo que prescriba la prueba debe comprometerse a notificar la información de los casos diagnosticados con arreglo al Protocolo de actuación frente a casos sospechosos de COVID-19.

Los centros y establecimientos sanitarios, públicos o privados, tendrán que notificar a la Dirección General de Salud Pública toda la adquisición de material diagnóstico para COVID-19, especificando el número, tipo y destino de uso, para poder llevar un control de los productos y materiales utilizados en Canarias.