Multa de 1.000 euros a una mujer que puso denuncias falsas de maltrato para evitar ser extraditada

La justicia archivó todas las denuncias por falta de pruebas | La multa se ha reducido a la mitad por dilaciones indebidas en el proceso penal

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Juzgados de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, donde un turista británico ha sido condenado a cuatro años de cárcel por agredir a la mujer que encontró en la habitación de un hotel junto a su novia. / EUROPA PRESS
Juzgados de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, donde un turista británico ha sido condenado a cuatro años de cárcel por agredir a la mujer que encontró en la habitación de un hotel junto a su novia. / EUROPA PRESS

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha impuesto una multa de 1.000 euros a una mujer por haber presentado varias denuncias falsas de maltrato contra su expareja, con el fin de evitar su expulsión de España y así regularizar su situación en el país.

En primera instancia el Juzgado de lo Penal había concretado la sanción en el doble de dinero, pero fue reducida a causa de las dilaciones indebidas de este proceso.

Las denuncias

Todas las denuncias presentadas por la mujer fueron archivadas en primera instancia y también ocurrió lo propio en segunda, ante la ausencia de pruebas.

Una de las veces únicamente apeló a que había sufrido una crisis de ansiedad y dijo que cuando fue al médico no le hicieron una exploración psicológica porque era extranjera, algo que la sala no considera creíble como tampoco que le dijeran que no debía ser explorada por la Seguridad Social.

En otra ocasión se presentó un parte de lesiones por un hematoma, pero fue tres días después de que supuestamente hubiera ocurrido la pelea, por lo que se descartó una relación directa entre ambos hechos.

La denuncia se remontan a 2016

Fue en marzo de 2016 cuando la acusada denunció en la Comisaría de la Policía de Puerto de la Cruz que un hombre la había agredido en cuatro ocasiones cuando eran pareja, "sabiendo que no era verdad".

La mujer, de origen venezolano, optó por mentir tras conocer que el denunciado había presentado días antes una denuncia contra ella que podría suponer su expulsión de España, donde se encontraba en aquel momento en situación irregular.

Por orden cronológico

Supuestamente, la primera agresión habría ocurrido en octubre del año anterior cuando dijo que la habría agarrado por el brazo y empujado con la pared, además de tirarle del pelo, y la segunda dijo que fue en diciembre de ese año cuando supuestamente la sujetó y lanzó contra un vehículo, sin recordar el día ni la hora.

La tercera ocasión la situó en marzo de 2016 y ocurrió, según declaró, tras discutir a causa del uso de una red social, por lo que le clavó los dedos en el muslo izquierdo y la insultó, y en la cuarta ocasión la agarró del brazo y al intentar zafarse la volvió a empujar y le dio en el pecho con una llave que llevaba en las manos.

La sentencia

Una vez presentadas las denuncias la policía procedió a detener al hombre y se incoaron las actuaciones para averiguar si eran ciertas las imputaciones, que han sido archivadas. La magistrada considera que la procesada actuó guiada por móviles espurios dado que la denuncia es presentada cuando sabe que ha hecho lo propio su expareja y se le advierte que puede ser expulsada del país.

Las declaraciones de la madre fueron descartadas en cuanto que no son estimadas relevantes y las contradicciones que le atribuye al hombre no fueron concretadas con exactitud.

La Audiencia entiende que no existen pruebas para demostrar sus acusaciones de maltrato y que las denuncias eran falsas, a lo que la ahora condenada alegó que no se le puede atribuir delito alguno puesto que se limitó a poner en conocimiento de la Justicia que había sido víctima de maltratos y amenazas.

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