El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Tenerife ha desestimado un recurso interpuesto contra la decisión del Ayuntamiento de Candelaria de octubre de 2008 de retirar el título honorífico de Hijo Adoptivo de la villa concedido al general Francisco Franco el 17 de diciembre de 1936.El recurso había sido presentado por la Asociación para la Investigación y Protección del Patrimonio Histórico San Miguel Arcángel, contra la falta de respuesta del ayuntamiento tinerfeño a la petición que había presentado en 2018 para que revisara su decisión.
El juez reconoce la legitimación de esa asociación para plantear este recurso, pero considera que improcedente atenderlo porque, expone, mantener la condición de hijo adoptivo de Franco "choca frontalmente con los postulados básicos de la Ley de Memoria Histórica (...), al existir una obligación de las Administraciones Públicas de retirar toda mención honorífica como la que ahora nos ocupa que tenga por finalidad la exaltación de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura”.Agrega la sentencia que, en su argumentación, la asociación recurrente no acreditó que la mención honorífica de Hijo Adoptivo del dictador obedeciese a una contribución personal de Francisco Franco Bahamonde al municipio de La Candelaria o a sus vecinos, "más allá de su mera condición de Caudillo (dictador) a resultas de un golpe de Estado contra el legítimo Gobierno de la República".Contra esta sentencia, puede presentarse recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.