Falsifica su nómina para cobrar más y estafa hasta 365.000 euros a su empresa en Tenerife

El trabajador cumplirá 3,5 años de cárcel y pagará 365.000 euros por falsificar su nómina

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Imagen de un hombre trabajando con un ordenador / PEXELS
Imagen de un hombre trabajando con un ordenador / PEXELS

El exauxiliar de una empresa agrícola de La Guancha, en Tenerife, ha sido condenado por el Tribunal Supremo (TS) a cumplir tres años y medio de cárcel y devolver 365.000 euros, cantidad que se corresponde al dinero cobrado de más por falsificar su nómina.

El acusado, que ya había sido condenado en 2016 por un delito de estafa por el que se le impuso una pena de tres meses de prisión sustituida por una multa de 720 euros, trabajaba como auxiliar administrativo en la mencionada entidad desde 2003 hasta 2017.

Entre sus funciones estaba la elaboración de las nóminas de todos los trabajadores y, para ello, tenía instalado un programa al que solo podía acceder él. Cada mes elaboraba un listado de transferencias para el pago de los salarios en dos formatos, papel y electrónico, por medio de un pen-drive.

Procedimiento de estafa

El listado en papel se lo entregaba al encargado de contabilidad, quien lo firmaba y lo daba a la persona que lo presentaba en el banco para hacer efectivo el abono de las nóminas.

Aprovechando esta mecánica “y con claro ánimo de obtener un beneficio ilícito", se aprovechó de que solo se revisaba el listado en papel y no se cotejaban las cantidades parciales con las globales, y tampoco se revisaba el listado electrónico.

El banco, por su parte, se limitaba a confirmar que la suma de los dos formatos coincidía y elaboraba dos listados de transferencias distintos: en uno de ellos se incluía el importe correcto de su nómina y en el otro el alterado al alza que figuraba en el pen-drive.

De esta manera, entre 2009 y 2017 el encausado obtuvo un beneficio económico de la empresa cifrado en casi 365.000 euros. Una vez detectado este desfase, la sociedad recurrió a los tribunales, donde se le absolvió del delito de apropiación indebida, pero no del continuado de estafa que el TS ratifica ahora.

Alegatos de la defensa

La defensa alegó que la causa penal era posterior al litigio laboral tras haber sido despedido en 2017 y que la disputa se centra en cuestiones laborales o liquidación de saldos pendientes, por lo que consideraban inapropiado llevar a la vía penal una causa que consideraban propia del orden social.

Aseguraron que el dinero cobrado había sido el acordado con la empresa, dado que ejerció funciones superiores, por lo que se aumentó el salario hasta los 34.000 euros anuales, y que 66.601 euros provenían de un reembolso de la Agencia Tributaria que él había adelantado en lugar de la sociedad.

Resolución del Tribunal Supremo

El Supremo descarta el argumento de que el trabajador asumió durante años pagos que no le correspondían y que, en realidad, lo hizo para ocultar el delito, alegando haber desembolsado de su bolsillo 45.000 euros.

A esto se añade que nadie en la empresa cobraba un sueldo como el suyo, ni siquiera el gerente, quien en el año 2016 llegó a ingresar 82.000 euros, y que el sueldo de los administrativos era siempre fijo, variando solo el del personal agrícola.

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