Un informe de la Comisión de Evaluación Ambiental de Tenerife (CEAT) de noviembre de 2022 aconsejó al Cabildo de Tenerife realizar una nueva Declaración de Impacto Ambiental (DIA) sobre la totalidad del proyecto del Circuito del Motor al considerar que la actual está caducada. El informe está fechado justo antes de que salieran a información pública por segunda vez las cuatro obras que conforman la iniciativa, que se amparaban en una declaración aprobada hace 11 años.
El documento resalta que por cuestiones de seguridad jurídica “debe procederse a efectuar una nueva evaluación sobre la totalidad del proyecto, al estar caducada la evaluación ambiental que nos ocupa”. Esta declaración de que la DIA está caducada es contraria al argumento que ha esgrimido el Cabildo de Tenerife frente a las críticas de los ecologistas.
Carrera por el circuito
En 2011 la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias aprobó por segunda vez la DIA del Circuito del Motor. La Ley de Evaluación Ambiental actual dice que una DIA caduca en un plazo de cuatro años (en cinco en la anterior ley) desde su publicación en el diario oficial si no se hubiera comenzado la ejecución del proyecto o actividad. Las obras comenzaron en 2016 pero se pararon en 2017 porque la empresa promotora Onda Rossa SL (Kiti Trans SLU y Axia SRL) estaba pasando por “dificultades económicas”.
Entonces fue cuando el Cabildo de Tenerife asumió el proyecto, que ha sido especialmente impulsado durante esta legislatura por el consejero de Ciudadanos Enrique Arriaga, quien ha procedido con el Circuito del Motor amparado en una aprobación hecha hace más de una década y ante unas obras que no llegaron a finalizarse, lo que también ha sido motivo de debate en la CEAT.
¿Se incumple la DIA?
El informe deja algunas cuestiones procesales abiertas. Por ejemplo, este documento se redacta porque Arriaga solicitó a la Comisión un informe relativo al cumplimiento del primer condicionante de la Declaración de Impacto Ambiental al respecto de la modificación de las cuatro obras que conforman el proyecto.
Este primer condicionante de la DIA aprobada en 2011 indica que este visto bueno es exclusivo para “las obras y actuaciones recogidas en los proyectos referenciados y evaluados en el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental”. Y añade que cualquier modificación del proyecto debe remitirse a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, del Gobierno de Canarias.
Eso era así en 2011 pero en el Informe Ambiental de julio 2022 del Circuito del Motor el Cabildo de Tenerife considera en una de sus conclusiones que “los proyectos modificados referidos a la pista de velocidad, a la zona del paddock y a la adaptación al Plan de Defensa frente a Avenidas se entienden como mejoras ambientales”.
Mejoras funcionales no ambientales
Esta terminología de “mejoras ambientales” tiene cierta ambigüedad para el órgano al ser un término que “no está definido en el marco legal que fundamenta el procedimiento de evaluación ambiental”. Y si bien la CEAT considera que “los proyectos señalados presentan algunas características que pueden entenderse positivas desde el punto de vista ambiental” en comparación con el proyecto que sí tiene una DIA aprobada, añade que más que una mejora ambiental lo que suponen estas modificaciones son mejoras funcionales.
Tras mencionar estas cuestiones, el informe recala en que, realmente, “lo importante” de ese condicionante primero que se mencionó anteriormente es determinar si las modificaciones que ha planteado el Cabildo de Tenerife sobre el proyecto aprobado deben someterse de nuevo al procedimiento de evaluación ambiental o no.
Sin efectos graves
En resumen, el informe considera que las modificaciones “no parece” que tengan efectos significativos sobre el medioambiente desde el punto de vista de las emisiones a la atmósfera, los vertidos a cauces públicos, la generación de residuos, el uso de recursos naturales, la afección a la Red Natura 2000 o el patrimonio cultural “siempre que se cumplan las medidas ambientales recogidas en el Estudio de Impacto Ambiental y en el Programa de Vigilancia Ambiental, incluyendo sus actualizaciones”.
Esto no quita que no existan ciertos aspectos que invitan al CEAT a llamar a la realización de nuevo de la Declaración de Impacto Ambiental. El documento añade un análisis que así lo solicita apoyándose en un informe técnico de la Unidad de Apoyo de la CEAT que valora: el grado de ejecución de las obras, la situación ambiental actual del ámbito objeto de actuación y de su entorno, los cambios normativos producidos en materia de evaluación ambiental y el cumplimiento de las medidas ambientales previstas y del programa de vigilancia ambiental.
Declaración caducada
La conclusión de la Comisión es que “aun reconociendo que se trata de una interpretación, a mejor criterio técnico se considera que existen elementos de juicio suficientes que ponen de manifiesto la necesidad de realizar un nuevo estudio de impacto ambiental” y añade que “se estima que la declaración de impacto ambiental del 2011 estaría caducada” lo que invalida, según los técnicos, la reanudación de las obras.
Dada la poca claridad que existe actualmente al respecto del debate de si el inicio de las obras en 2016 avala la DIA actual, el informe también recoge una serie de consideraciones jurídicas. En ellas considera que “la evaluación ambiental no puede tener una vigencia ad eternum (para la eternidad) sino que ha de ceñirse al plazo de duración previsto para las obras contenidas en el proyecto evaluado”.
Así considera que se debe tener en cuenta al respecto el plazo para iniciar las obras y el plazo para finalizarlas. “Téngase en cuenta en este punto, que [...] los condicionantes, medidas correctoras y el programa de vigilancia y seguimiento ambiental de una evaluación se establecen en consonancia con un marco temporal, que de ser otro –en este caso más amplio- devendrían en mayores exigencias de control, verificación y actualización”,
Oídos sordos
Así, pese a que por cuatro votos a favor y dos en contra la CEAT haya considerado que “no parece que los cuatro proyectos modificados puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente” en relación al proyecto original del Circuito del Motor sí que invita a reflexionar acerca del hecho de “si entender vigente la DIA que nos ocupa, por haberse realizado una ínfima parte de las actuaciones previstas, superando el tiempo proyectado y evitando el realizar una nueva evaluación ambiental – más acorde con la normativa y realidad vigente- podría de alguna manera, estar restringiendo los derechos de participación pública en materia medioambiental”.
Una duda que consideran que se debería haber resuelto a través del sometimiento de nuevo a la Declaración de Impacto Ambiental, amparados en la seguridad jurídica y en el principio de precaución. Además, añade que “cabría valorar la necesidad de recabar informe a la Asesoría Jurídica de la Corporación. Incluso, podría considerarse la conveniencia de solicitar informe del órgano ambiental autonómico, en tanto que fue esta administración, la autonómica, desde donde se emite la declaración de impacto ambiental que se discute y que dificulta –por ende- su consideración actual por esta Oficina Insular”
Pese a que este informe llama a reactivar todos los mecanismos de evaluación ambiental y se firmó el 24 de noviembre de 2022, el Cabildo de Tenerife hizo oídos sordos y solo ocho días después sometió a información pública los cuatro proyectos que conforman el Circuito del Motor. Finalmente fue este 8 de febrero cuando el consejero anunciaba que tras la finalización de la exposición pública hay “vía libre para licitar en breve las obras del Tenerife Circuito del Motor”.