La Unión Sindical Obrera (FTSP-USO) recurrirá la sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas que ha absuelto a Miguel Ángel Ramírez y a Héctor de Armas y a la empresa SIC, de delitos contra la Seguridad Social y la Hacienda Pública.
El sindicato, que ha ejercido la Acusación en la causa, trabaja ya en la redacción de este recurso de casación, que interpondrá ante el Tribunal Supremo, con base en la argumentación que ha venido sosteniendo desde el principio, y que además ha sido, claramente, avalada por el voto particular de una magistrada de la Sala, que ha discrepado, con gran contundencia, de los otros dos Jueces. Mónica Herreras entiende que entre 2009 y 2013, Miguel Ángel Ramírez recurrió a una ficción consistente en disfrazar de pago de dietas, lo que en realidad era el abono de horas extraordinarias de los trabajadores de Seguridad Integral Canaria (SIC).
Dietas
Ramírez hacía esto, asegura la discrepante, porque las dietas están excluidas de la obligación de retención que incumbe a todo empleador respecto del IRPF de sus trabajadores y también de la base de cotización, a partir de las que se calculan las cuotas a ingresar en Seguridad Social de los mismos. Con este comportamiento defraudatorio, la magistrada del voto particular, y este sindicato, consideran que SIC se ahorraba, por tanto, el abono de las retenciones por el IRPF de sus trabajadores, y de las cotizaciones de los mismos a la Tesorería de la Seguridad Social, de todo lo que se pagaba a los trabajadores de la empresa (Vigilantes de Seguridad) bajo la intencionada e incorrecta calificación de dietas, en lugar de horas extraordinarias.
La magistrada considera que SIC ocultó y omitió, con el consiguiente perjuicio para el erario público "el pago de 1,6 millones de euros en 2009, 1,6 millones en 2010, 1,4 millones en 2011, casi un millón en 2012 y un millón en 2013 a Hacienda y de más de 11 millones de euros entre enero de 2009 y diciembre de 2012 a la Seguridad Social. También afirma que Ramírez firmó un acuerdo con el comité de empresa que puede considerarse nulo y que dejaba sin aplicación el convenio colectivo, y empeoraba las condiciones de trabajo de los empleados.
Entre otras cosas, por ejemplo, elimina el pago de horas extra, nocturnas y festivas. “Esta actuación constituye un fraude en toda regla, por lo que desde USO entendemos que la sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas viene a avalar, desgraciadamente, la precariedad laboral”, valora el responsable de la Federación de Trabajadores de Seguridad Privada del sindicato, Basilio Alberto Febles, quien adelantó que su organización recurrirá la resolución de la Sala en casación ante el Tribunal Supremo, una instancia que con toda seguridad escapa a cualquier tipo de influencia o presión que se ejerza a nivel local.