Un trabajador de una tienda de ropa en San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) ha sido despedido tras ser estafado y transferir 1.450 euros de la empresa en la que trabajaba a un cajero de bitcoin. Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha considerado procedente la decisión de la compañía.
El estafador le dijo al hombre que la operación debía realizarse de manera urgente porque tenían que mandar a la tienda unos equipos de protección con la excusa de que el Ayuntamiento de La Laguna iba a hacer una inspección.
Dio su teléfono
La víctima de la estafa, ahora despedida de su puesto de trabajo, fue convencida para dar su teléfono personal con la excusa de que debían dejar el fijo libre porque iba a recibir una llamada de los transportistas y el estafador le dio instrucciones de cómo debía hacer la transferencia al facilitarle por WhatsApp unos códigos QR.
Una vez hechos los ingresos el trabajador percibió que había sido víctima de un fraude, por lo que se lo comunicó a su jefe directo y presentó una denuncia en la Policía Nacional. La empresa lo despidió en febrero de 2022 y le reprocha que incumpliera los procedimientos que impiden disponer dinero de la tienda para ningún fin.
Procedimiento judicial
Los dueños de la tienda consideran que debía saber que el dinero sólo podía ser ingresado en una cuenta bancaria o entregarla en efectivo a una empresa de seguridad y recuerdan que se le habían advertido de la existencia de esta estafa telefónica. Sus jefes le recriminan que no se cerciorara de que era víctima de una estafa de manera que incumplía instrucciones específicas "y propició que la entidad sufriera un engaño".
En primera instancia el Juzgado de lo Social de la capital tinerfeña se puso del lado del trabajador y falló que su despido era improcedente fijando una indemnización de 13.000 euros o bien la readmisión, pagándose entonces los sueldos de tramitación a razón de 75 euros diarios.
La cadena recurrió el fallo al mantener que el hombre cometió una falta “muy grave” que dio lugar a la pérdida de 1.450 euros y le echa en cara las ocasiones en las que se le advirtió de la existencia de este tipo de fraudes telefónicos por lo que se le atribuye “una absoluta falta de diligencia”. Los directivos indican que bastaba con que se hubiese puesto en contacto con ellos para comprobar que nadie autorizó una operación, que consideran “totalmente inadmisible”.