Telde admite que impuso multas de tráfico en vías fuera de su jurisdicción

El Ayuntamiento teldense ha retirado una sanción de 500 euros a un ciudadano que fue multado por la policía del municipio en una carretera que le competía a la Guardia Civil

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El Ayuntamiento de Telde, que tiene tiene retenido pagos por incumplimiento de remisión de información. / AYUNTAMIENTO DE TELDE
El Ayuntamiento de Telde, que tiene tiene retenido pagos por incumplimiento de remisión de información. / AYUNTAMIENTO DE TELDE

El Ayuntamiento de Telde (Gran Canaria) ha reconocido que ha impuesto multas de tráfico en vías que no son de su competencia según la Ordenanza Municipal de Circulación y otros textos legales sobre tráfico. 

Este hecho se ha producido después de que un ciudadano haya abierto un pliego de descargo tras ser sancionado en agosto de 2021 en la llamada Avenida del Cabildo Insular, que une La Garita con el casco urbano.

500 euros de multa

El Consistorio responde al afectado que procede el sobreseimiento de las actuaciones y el cierre de los expedientes incoados por infracciones denunciadas, al tiempo que reconoce el derecho de devolución del importe de la multa al entender que se produjo un "error de forma o de hecho".

El ciudadano, al que se le sancionó con 500 euros de multa y la pérdida de cuatro puntos del carné por conducir con una tasa de alcoholemia superior a la permitida, presentó un pliego de descargo en tiempo y forma en el que exponía que la denuncia no fue correctamente formulada "por la falta de competencia manifiesta de los agentes de la Policía Local" en el lugar en el que se le grava.

Imagen de archivo de la Guardia Civil / EFE
Imagen de archivo de la Guardia Civil / EFE
 

Competencia de la Guardia Civil

La GC-10 es considerada una vía interurbana y, como tal, está fuera de poblado por lo que las competencias para control del tráfico está en la Guardia Civil de Tráfico, no en la Policía Local, a no ser que exista una excepción expresa, que no es el caso.

Asimismo, el afectado señaló que la vía en la que recibió la sanción administrativa tiene una distancia de 4,4 kilómetros, pero que en la notificación de la multa que le entregó la Policía "existe un error evidente en el lugar de la infracción", ya que se pone el punto kilométrico 5,6.

Dos sentencias similares

Al presentar el pliego, lo acompañó con dos sentencias de juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria con casos similares en los que se dio la razón a las personas sancionadas

Una de ellas con características comunes en la que la jueza advertía que la Policía Local de la capital grancanaria no puede multar en la circunvalación porque el Ayuntamiento no tiene la titularidad de esa carretera, donde solo puede actuar la Guardia Civil.

Desestimado

Al no obtener respuesta de la administración en el plazo de un año, el máximo legal previsto para ello en la normativa, esta persona presentó una solicitud para expedir certificado de actos presuntos, recibiendo entonces la resolución del Ayuntamiento en el que se le da la razón.

En dicho documento oficial, además de reconocerse que en su caso concreto se produjo un "error de forma o de hecho", también se enumeran una serie de sanciones -hasta una quincena- que presentan distintos fallos que hacen que deban ser desestimadas.