El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de San Sebastián de La Gomera ha ordenado la suspensión cautelar de actividad y el precinto de una granja ubicada en el Barranco de Santiago, en la capital de la isla, con 60 cerdos desnutridos y con "riesgo para su vida". Esta explotación ganadera presuntamente carece de licencia y vierte purines (orines y estiércol) sin ningún tipo de control en el cauce del barranco público, con riesgo para la calidad del agua superficial y subterránea "de muy difícil reparación", señala el magistrado en un auto notificado este miércoles.
A instancias de una denuncia de la Guardia Civil y del Consejo Insular de Aguas de La Gomera se está investigando al dueño de esta granja como presunto autor de delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente y de un delito de maltrato relativo a la protección de los animales domésticos. De acuerdo con la solicitud en este sentido del fiscal, el juez no solo ordena el precinto preventivo de la actividad, sino que decomisa e interviene cautelarmente los animales, "retirando provisionalmente su guarda y custodia" al dueño de la granja, y se la atribuye al Cabildo de La Gomera.
Alimentación e higiene "inadecuada"
Aclara la autoridad judicial que los cerdos quedan bajo tutela de la corporación insular "sin perjuicio de que tras la valoración veterinaria de cada uno de los animales (...) pueda recomendarse la práctica de la eutanasia a los mismos, en aras del bienestar de los animales, previa autorización judicial".
El auto expone que del informe fotográfico realizado por el equipo del Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil se evidencia que las instalaciones carecen de elementos higiénicos sanitarios, a lo que se suma que la alimentación recibida por los animales es "inadecuada". En las imágenes se aprecia en la mayoría de los cerdos "delgadez y signos aparentes de desnutrición extrema".
A juicio del instructor, existe un "riesgo grave y serio para la vida e integridad de los animales" de no adoptarse la medida cautelar de derivar su tutela a la administración pública para que "retornen a un entorno adecuado para su normal desarrollo y satisfacción de sus necesidades".
Medida cautelar pionera
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias destaca que la resolución del juzgado gomero es pionera en cuanto a la adopción de una medida cautelar para la protección de los animales en el marco de un proceso penal. De hecho, recuerda que la vigente Ley de Enjuiciamiento Criminal no contempla norma alguna que regule las medidas preventivas que podrían aplicarse para proteger animales mientras se tramita, como es este caso, un procedimiento por delito de maltrato.
Suple esta carencia la autoridad judicial acudiendo a las fórmulas genéricas legales que legitiman la preservación de pruebas delictivas que estén en peligro de desaparición y, a la hora de aplicar el tipo delictivo que protege a los animales domésticos, invoca la modificación del Código Penal de 2015 que amplió la protección de los animales domésticos a los "amansados" o los que no viven en estado salvaje.
El instructor invoca también la circular 7/2011 de la Fiscalía General del Estado que considera que se debe proteger por vía penal también a aquellos animales que "aun siendo silvestres o salvajes, han sido dominados por el hombre hasta el punto de habituarse a su compañía, dependiendo del mismo para su subsistencia (...)".
En referencia al posible delito contra el medio ambiente, subraya que la explotación está ubicada en una zona de dominio público hidráulico, ocupando el cauce público y arrojando los purines al mismo, sin que conste la preceptiva autorización. Por lo que el transcurso de la causa "no solo puede propiciar que se sigan causando daños al interés general, sino que el día de mañana puede llegar a hacer absolutamente inviable una eventual sentencia condenatoria (...) y una eventual restauración ecológica de la zona".