El 10% de las solicitudes de vivienda de los afectados por el volcán contiene falsedad documental

La mayoría de las veces son errores "sin malicia" de los solicitantes, pero existen casos flagrantes que constituirían un delito de estafa en grado de tentativa

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La lava recubre una vivienda de La Palma. / Pau de la Calle (Europa Press)
La lava recubre una vivienda de La Palma. / Pau de la Calle (Europa Press)

Una de cada diez solicitudes de vivienda presentadas en el Registro Único de Afectados por el Volcán contiene "datos falseados", según afirmó este martes para la Cadena SER Candelaria Delgado, presidenta del Colegio de Trabajadores Sociales de Santa Cruz de Tenerife y responsable de la oficina de víctimas del volcán. No obstante, Delgado aclara que la mayoría de estos falseamientos se cometieron "sin malicia ni picaresca".

En este sentido, según declaraciones recogidas por El Día, el matiz de la señora Delgado hace referencia a los casos en los que la información aportada por los solicitantes tiene duplicidades o datos que no son estrictamente ciertos. Por ejemplo, la responsable de la oficina de víctimas del volcán detalla que se han encontrado con matrimonios que en el momento de la erupción estaban casados, pero que a día de hoy se han divorciado y han reclamado la misma vivienda por separado.

Otros casos son los de las personas que, aunque efectivamente vivían en alguna de las edificaciones afectadas por el volcán, no estaban empadronadas en ellas. No obstante, destaca Delgado, en la mayoría de estos casos se ha podido demostrar con posterioridad, a través con certificaciones policiales y documentos, como el pago de recibos de suministros, que efectivamente residían en dicha vivienda.

Casos de estafa

Para la solicitud de la vivienda, los afectados debían firmar una declaración responsable de que la información que aportaban era verídica. Debido a múltiples factores, como los descritos o situaciones en las que los solicitantes habían perdido documentación importante bajo la lava del volcán, existe ese pequeño porcentaje de solicitudes mal cumplimentadas "sin malicia".

No obstante, tanto la señora Delgado como el coordinador del Registro Único de Afectados por el Volcán, el socialista Sergio Matos, indican que, en muy contadas ocasiones, se han dado casos de intento de estafa flagrante. Matos, hace meses, describió un caso en el que la Comisión Técnica Mixta encargada de evaluar y baremar las solicitudes se percató, en la última fase del proceso, que una persona a la que efectivamente le iban a entregar una vivienda se había inventado todo.

"Esto pasó en noviembre. Había pasado todos los filtros de la Comisión Técnica Mixta cuando nos dimos cuenta", explica Matos a Atlántico Hoy, que añade que las mencionadas fases son la solicitud en el registro de la vivienda, en la que se firma el consentimiento informado, seguida de la obtención de una ficha social que acredita la pérdida de la primera vivienda y de una evaluación final de la comisión. Como se ha descrito, fue en esta última en la que se descubrió el engaño.

No se va a denunciar

Matos lamenta que ocurran estas situaciones, aunque añade que no es el único lugar donde pasan. "Ha habido otras situaciones en las que ha habido casos similares. En el terremoto de Lorca también ocurrió", dice el coordinador. Aun así, Sergio Matos subraya que estos casos son los menores en porcentaje: "El 90% de los afectados que han solicitado la vivienda han sido completamente honestos en la documentación aportada", destaca.

Respecto a si la Administración tiene intención de denunciar estos casos de engaño flagrante, Matos indica que no. "Ni se ha denunciado, ni se va a hacer. Tampoco me corresponde a mi formular la denuncia, pero ya adelantamos que no. Son casos en los que, al final, se ha descubierto el engaño y no se ha entregado la vivienda", dice a Atlántico Hoy.

De seis meses a tres años de carcel

No obstante, los servicios jurídicos de Atlántico Hoy explican que, aunque no se denuncien, los casos flagrantes sí son constitutivos de delito. Así, para las situaciones de "falsedad documental" que no tuvieron mala fe, sencillamente se sigue un procedimiento administrativo que rechaza la solicitud por irregularidades en la información aportada. No es el mismo caso para quienes trataron de engañar a la Administración conscientemente.

Estos casos sí podrían dar el salto a la sala de lo penal de formularse denuncia. Para la circunstancia concreta del vecino que trató de obtener la vivienda sin haber perdido nada en la erupción, los abogados de Atlántico Hoy indican que podría constituir un delito de estafa en grado de tentativa, para lo que se necesita que el intento de engaño sea creíble, no burdo. Es decir, que hubiese podido engañar realmente al estafado. Considerando que este caso superó varias fases y fue descubierto en la última, cuando la Administración estaba a punto de entregársela, un juzgado podría haberlo considerado como creíble.

El código penal recoge lo siguiente respecto al delito de estafa: "Los reos de estafa serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años. Para la fijación de la pena se tendrá en cuenta el importe de lo defraudado, el quebranto económico causado al perjudicado, las relaciones entre éste y el defraudador, los medios empleados por éste y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar la gravedad de la infracción". Según explican los servicios jurídicos de Atlántico Hoy, la tentativa rebaja dos grados la pena por el delito consumado.

En cualquier caso, también habría que tener en cuenta si la vivienda iba a ser en propiedad o en arrendamiento y cuánto serían estas cuantías. Por otra parte, el delito de falsedad documental también recoge penas de seis meses a tres años en los casos en los que el particular hubiese alterado un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial; simulado un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad; o supuesto en un acto la intervención de personas que no la han tenido, o atribuyendo a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho, según recoge el artículo 390 del  Código Penal, para la consecución en este caso del otorgamiento de la vivienda.