Sismo en las oposiciones de educación: un decreto ley cambia el orden de los opositores

La medida tomada por la Consejería de Educación autonómica afecta a las listas de los procedimientos selectivos extraordinarios, como el concurso oposición de estabilización celebrado este verano

Guardar

Una clase de un colegio de Canarias. / CELP
Una clase de un colegio de Canarias. / CELP

Los criterios de ordenación y actualización de las listas de empleo del profesorado interino en Canarias han cambiado. El decreto dispuesto por la Consejería de Educación del Gobierno autonómico se enfoca en cómo afectan a las listas los procedimientos selectivos extraordinarios, como el concurso oposición de estabilización realizado este verano, algo que causaba un poco de incertidumbre entre el sector educativo no universitario. 

El sistema de listas se divide en tres bloques. Antes de esta modificación, para la colocación de las personas que realizan la oposición se tenía presente la nota, permitiendo acceder al bloque 2, a la espera de obtener una posible plaza. No obstante, el nuevo decreto establece que las personas que no cuenten con experiencia en centros públicos, independientemente de la nota que obtengan, se ubicarán en el último grupo. 

Incertidumbre

Pedro Crespo, presidente del sindicato de profesorado ANPE, señala a este medio que estos procesos de estabilización habían generado incertidumbre entre el personal docente interino debido a la novedad de la situación. "No se sabía su incidencia en las listas de empleo, si iban o no a tenerse en cuenta y, en el caso de que sí, de qué forma, y se ha considerado preciso regularlo", explica. 

Para resolver esta situación, la Administración ha decidido hacerlo a través de una disposición final del decreto ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, la gestión eficiente y la calidad en el empleo público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificando parcialmente la orden que regula las listas de profesorado interino.

En cuanto al impacto de los nuevos criterios, Crespo informa que, como se preveía, el concurso de méritos no afectará a las listas de empleo, al no contar con una fase de oposición. Respecto al concurso oposición, la Consejería ha decidido que su incidencia en las listas sea menor que en los procesos selectivos ordinarios, reduciendo su peso a la mitad.

Nuevo orden 

En detalle, las personas que ya forman parte del bloque 1 de las listas - con al menos 5 años de experiencia docente en centros públicos de las Islas en la especialidad correspondiente - y que superen la fase de oposición sin obtener plaza, verán una promoción del 25% en su posición en la lista, comparado con el 50% que se aplica en los procedimientos ordinarios.

Para los integrantes del bloque 2 - docentes con experiencia en centros públicos de Canarias, pero inferior a 5 años -, la ordenación sigue basándose en la experiencia docente y la mejor calificación en la fase de oposición de los tres últimos procesos selectivos de su especialidad, siempre que la nota sea igual o superior a 5. Con la nueva norma, la calificación de la fase de oposición en los procesos de estabilización se valorará con la mitad de puntos que en los procesos ordinarios.

Mientras tanto, los participantes del concurso oposición sin experiencia en centros públicos de Canarias estarán en el bloque 3 de las listas, ordenados exclusivamente por la calificación obtenida en la fase de oposición del proceso.

Archivado en: