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Sociedad

Una mujer recupera 20.000 euros tras demandar a un banco por una tarjeta ‘revolving’

Un juez de Gran Canaria declara nulo el contrato una tarjeta de crédito por considerar que el interés nominal del 24% y un TAE del 26,82% eran usureros

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Ciudad de la justicia en Las Palmas de Gran Canaria. / Europa Press

El Juzgado de Primera Instancia Nº14 de Las Palmas de Gran Canaria ha estimado la demanda de una cliente del WiZink Bank que denunciaba que los intereses que pagaba por el uso de una tarjeta eran abusivos. La clienta ha recuperado 20.075,78 euros por el contrato de la mencionada tarjeta que suscribió en noviembre de 2011 y en el que se pactó un interés nominal del 24% y un TAE del 26,82%.

Para que una operación crediticia pueda ser considerada usuraria, basta con que se den los requisitos previstos en el primer inciso del art. 1 de la Ley sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios, que data de 1908. “Que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso, sin que sea exigible que, acumuladamente, se exija que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales”, detalla la sentencia.

Crédito usurero

El fallo del Juzgado de Primera Instancia consideró que, teniendo en cuenta que el interés medio de los créditos al consumo, correspondientes a las tarjetas de crédito y revolving, era algo superior al 20%, el interés aplicado por WiZink al crédito mediante la tarjeta revolving concedido a la demandante, que era del 26,82%, había de considerarse usurero por ser notablemente superior al interés normal del dinero. 

“Por tal razón, una diferencia tan apreciable como la que concurre en este caso entre el índice tomado como referencia en calidad de interés normal del dinero y el tipo de interés fijado en el contrato, ha de considerarse como notablemente superior a ese tipo utilizado como índice de referencia", indica el juez.

En la sentencia, tras la acción del abogado Israel Godoy, de Triarii Abogados, el juez declaró la nulidad, por usurero, del contrato de tarjeta suscrito entre las partes en noviembre de 2011. Y condenó al banco a reintegrar a la mujer la cantidad abonada que excediera del capital prestado más los intereses legales desde la fecha de cada cobro. En total, la cliente cobrará 20.075,78 euros.

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