Salud Pública asegura que la central de Los Guinchos supera los límites de ruido establecidos

La central, operada por Unelco (Endesa), supera tanto los límites diurnos como nocturnos de decibelios establecidos por el Ayuntamiento de Breña Alta

Guardar

Central de Los Guinchos en La Palma, de Endesa. / Imagen de la red
Central de Los Guinchos en La Palma, de Endesa. / Imagen de la red

La central térmica de Los Guinchos, que gestiona Unelco (Endesa) en La Palma, opera superando los límites de ruido tanto nocturnos como diurnos establecidos por el Ayuntamiento de Breña Alta. Según la Dirección General de Salud Pública la instalación deberá aplicar medidas “desde este momento” para reducir el exceso de ruido, que supera los 65 decibelios, aunque Salud Pública asegura que no consta que se haya solventado. 

Así se señala en la resolución de la Consejería de Transición Ecológica que revisa y modifica la Autorización Ambiental Integrada (AAI) de la central. En ella, se señala una respuesta de la Dirección General de Salud Pública con fecha del 13 de diciembre de 2022 donde resalta que tras realizar diversas mediciones ya en el perímetro de la central se superan los límites establecidos por el Ayuntamiento de Breña Alta para suelo industrial.

Altos niveles 

Pese a que el documento no concreta los puntos específicos donde se sobrepasan, sí que señala que se superan los límites hasta en “seis de los ocho puntos” establecidos para valores diurnos, cuyo límite es de 65 decibelios y en todos los puntos para valores nocturnos, cuyo límite es de 50 decibelios. 

Ante todo la dirección señala que “es imprescindible la implementación de medidas para amortiguar el ruido desde este momento”, señala la Dirección de Salud Pública. Sin embargo, añade en su respuesta que no se tiene constancia, “al menos con la información aportada”, de que esta situación se haya solventado. 

Cumplir las normativas

Uno de los fundamentos jurídicos que señala el documento de autorización de AAI hace referencia a esta cuestión pero con cierta ambigüedad. Se indica que con respecto a la solicitud de modificación de la AAI “a fin de que se especifique que el cumplimiento de las ordenanzas municipales relativas a ruidos y vibraciones sea realizada respecto a las ordenanzas municipales adaptadas a la normativa estatal de aplicación”, la resolución simplemente asegura que “la instalación deberá cumplir con lo establecido en la normativa municipal vigente en materia de calidad acústica en el municipio de La Villa de Breña Alta”.

El incumplimiento de los límites establecidos en materia de ruidos que señala Salud Pública se incumple pese a que ya uno de los anexos del documento señala que “la instalación cuenta con las siguientes técnicas para la reducción de ruidos: medidas operativas; atenuación del ruido; equipos de control de ruidos”. 

Modificaciones 

El señalamiento que ha realizado Salud Pública en el documento se enmarca en las diferentes modificaciones de la Autorización Ambiental Integrada que Unelco ha venido solicitando en los últimos años. Estas hacen referencia a diferentes aspectos que ya se recogían en la AAI pero que con el paso de los años y con el cambio de normativas se deben modificar. 

Así, en 2018 solicitó la modificación de la AAI “en relación con la exigencia de cumplimiento de las ordenanzas municipales en materia de ruido y vibraciones” y la modificación “en relación con la forma de determinar en continuo el caudal del efluente vertido por la instalación al mar”.

En 2019, la solicitud se centró en la modificación de “la metodología de evaluación de determinados valores límite de emisión, así como, en reiteración de la solicitud indicada en el antecedente anterior, respecto del método de medición en continuo del caudal del efluente vertido por la instalación al mar”. Ya en 2020, la empresa pide otra modificación de la AAI a efectos de unificar el criterio de evaluación del cumplimiento de los valores límite de emisión de partículas y dióxido de azufre respecto al correspondiente establecido para Dióxido de Nitrógeno y monóxido de carbono.