Realizar todo tipo de actividades en zonas protegidas sin ningún tipo de autorización parece que se está convirtiendo en una práctica habitual en Tenerife. Este fin de semana, la Policía Canaria ha puesto más de 25 denuncias por acampar y conducir por estas áreas.
En sus propias redes sociales, el cuerpo policial ha informado de que el pasado domingo se desplazaron hasta el Espacio Natural Protegido de Montaña Peleda, en el municipio de Granadilla de Abona, donde realizaron 25 denuncias a personas que estaban acampadas de forma ilegal. Lo mismo ocurrió en la zona del monte con la denuncia a dos personas que circulaban con motos por un espacio prohibido.
En los últimos meses, tanto la Policía Canaria como los agentes locales de muchos municipios han interpuesto sanciones por este tipo de prácticas, sobre todo en el caso de las acampadas.
Multas de hasta 6000 euros
Según las Normas de Conservación del Monumento Natural de Montaña Pelada, está prohibido la acampada y el uso del terreno para el establecimiento de caravanas o remolques. En este caso, además de acampar, las personas sancionadas habían realizado fuego y generaron distintos tipos de residuos. Según la ley del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, las acampadas, hacer fuego o el abandono de residuos son infracciones leves con multas desde 150 a 600 euros.
En el caso de los motoristas la sanción se produjo en medio de una labor de inspección y prevención de incendios en áreas recreativas de la isla por parte de la Policía Canaria, cuando les pillaron circulando por dicha zona prohibida. La circulación, parada o estacionamiento de vehículos fuera de las pistas habilitadas también es una infracción leve pero que equivale desde 600 hasta 6.000 euros de multa.
Tal y como explican desde la institución insular a Atlántico Hoy, ahora será el Cabildo quien sancione en función a la normativa, ya que son quienes reciben todas las denuncias por infracciones en espacios naturales protegidos que pone la Policía Canaria, Seprona, Policías Locales y los Agentes de Medio Ambiente.
¿Qué dice la normativa para los vehículos de motor?
La circulación por las pistas forestales de Tenerife con vehículos de motor está prohibida con carácter general, quedando limitada a las servidumbres de paso, la gestión agroforestal y las labores de vigilancia y extinción de incendios. No obstante, según el Cabildo, senderistas y paseantes a pie, ciclistas y jinetes a caballo pueden transitar por cualquier pista forestal. De igual forma, el acceso a las áreas recreativas, zonas de acampada o campamentos se podrá realizar con cualquier tipo de vehículo apto para circular por carreteras (turismos, furgonetas, guaguas o motocicletas, entre otros.). Recuerdan que para el esparcimiento y recreo con vehículos de motor por las pistas forestales se ha habilitado la Red de pistas forestales para vehículos a motor con finalidad recreativa.
De hecho, los vehículos que pueden acceder a la Red de pistas forestales para vehículos a motor con finalidad recreativa sin autorizacion son las motocicletas de tipo “trail” equipadas con neumáticos mixtos cuya profundidad de surco sea inferior o igual a 10 milímetros, los vehículos todoterreno y “todo camino” (SUV) de la categoría M1, que posean tracción a las cuatro ruedas equipados con neumáticos cuya profundidad de surco sea inferior o igual a 10 milímetros, así como turismos, derivados de turismo, furgones y furgonetas que posean tracción a las cuatro ruedas.
Con autorización, pero sometidos a un cupo diario de 150 vehículos, podrán motocicletas de trial, enduro, o cualquier tipo de motocicleta, incluidas las eléctricas, equipadas con neumáticos de trial o enduro, quads-atv y cuadriciclos con sistema de dirección mediante manillar, vehículos todo terreno equipados con neumáticos cuya profundidad de surco sea superior a 10 milímetros e inferior a 15 milímetros, ciclos y bicicletas con pedaleo asistido con motor de potencia superior a 0,5 kw, como ayuda al esfuerzo muscular de la persona conductora o caravanas de hasta seis vehículos.