La reconstrucción urbanística de La Palma ya tiene herramienta para comenzar a trabajar. El Gobierno de Canarias ha hecho público este lunes el Decreto ley 1/2022, de 20 de enero, que establece los mecanismos para la reconstrucción urbanística y económica de las zonas afectadas por el volcán de La Palma. Los vecinos de la zona podrán comenzar a trabajar en sus viviendas gracias a esta medida extraordinaria.
Cerca de 3.000 edificaciones se vieron afectadas por las largas y contundentes coladas de lava, que desde el 19 de septiembre el volcán de Cumbre Vieja no paró de emitir hasta el 13 de diciembre. Más de 7.000 personas fueron evacuadas, ante el avance de la lava y la expulsión de cenizas. Pero poco a poco la palabra reconstrucción cobra más importancia, y da a los palmeros la esperanza de un futro allí donde se ubicaba su antiguo hogar.
Para que esto se haga realidad, el Gobierno ha establecido las normas básicas que regirán en la reconstrucción El Paso, Los Llanos de Aridane y Tazacorte, municipios afectados por la erupción en Cumbre Vieja. El Decreto ley, recoge el modus operandi en la construcción y reconstrucción de las viviendas afectadas, así como la rehabilitación de los inmuebles.
“La gravedad de los daños producidos en viviendas hace necesaria la adopción de medidas extraordinarias que permitan la reconstrucción y rehabilitación de las mismas sin sujeción a las normas que rigen su legitimación en una situación de normalidad”, reza el Decreto.
De esta manera, hace referencia a la agilización de los trámites y a la suspensión de determinados límites amparados en la ley. Así se establece que “este Decreto ley ha de habilitar a los Ayuntamientos para la eliminación, en determinadas clases y categorías de suelo, de algunos límites previstos en la ordenación de los recursos naturales y del territorio y urbanística”. Tal y como recoge la norma, este es el primero de los instrumentos que el Gobierno de Canarias pretende desplegar para la reconstrucción definitiva de las zonas afectadas por la erupción acaecida.
Reconstrucción de las viviendas
Según el Decreto Ley, los propietarios y titulares afectados podrán solicitar licencia para la construcción y reconstrucción “hasta un máximo equivalente a la edificabilidad del inmueble sustituido, con el mismo uso que se desarrollaba en dicho inmueble, y adaptándose a la tipología del entorno en que se encuentre la parcela”. Lo que equivale a que estas labores deberán ajustarse a la situación preliminar de la edificación.
De esta manera, cuando se habla de reconstrucción de las viviendas, las obras podrán ejecutarse en la misma parcela, “si resulta materialmente posible”. Por otra parte, la construcción de las nuevas viviendas que sustituyen las afectadas “podrá realizarse en cualquier parcela situada en el ámbito territorial de esta normal, no incluido en las coladas de la erupción volcánica, respecto de la que acrediten ser titulares de cualquier derecho subjetivo suficiente y que esté clasificada como suelo urbano o suelo rústico de asentamiento”.
El texto recoge, que ante esta última situación, aquellas personas que no tengan titularidad de o derecho suficiente sobre la parcela continua, podrán implantarse en parcelas sobre las que tengan “algún derecho subjetivo”, siempre y cuando las parcelas estén categorizadas como suelo rústico común, suelo de protección agraria o suelo rústico de protección paisajística.
Excepción
Pero la norma no permitirá trabajos en todos los tipos de suelo. Esta reconstrucción y construcción estará limitada para las parcelas: incluidas en un espacio natural protegido o en Red Natura 2000, destinadas a dominio público o afectadas por sus servidumbres, o destinadas a zonas verdes o espacios libres, excluidas del proceso de urbanización y edificación por razones de riesgos y por razones ambientales, y que estén incluidas en áreas de actividad económica estratégica.
Para todas las acciones de edificación la persona promotora deberá acompañar la solicitud con un proyecto básico o de ejecución ajustado a los requisitos establecidos por la normativa.Así como los títulos acreditativos de la titularidad del dominio, a fin de evitar posible fraude.
Decreto ley
El uso de la herramienta del Decreto Ley se entiende en la situación excepcional que ha perjudicado a más de 3.000 edificaciones en los tres municipios. Tal y como recoge la norma “es imprescindible adoptar medidas para subvenir, en el ámbito urbanístico una situación catastrófica que por si sola justifica la extraordinaria y urgente necesidad de las mismas, como es facilitar a la ciudadanía afectada las labores de construcción, reconstrucción y rehabilitación de las viviendas afectadas o destruidas por la erupción volcánica en la isla de La Palma”.