Este lunes ha entrado en vigor la nueva Ley de Tráfico de la DGT, por lo que se modifican algunas sanciones y se incluyen nuevas normas para intentar una seguridad vial aún más segura.
La nueva Ley retoca infracciones que conllevan pérdida de puntos e incide en los comportamientos al volante que se consideran más peligrosos. Además, legisla por primera vez sobre los nuevos medios de movilidad personal, como los patinetes, y fortalece la protección de los ciclistas.
Nuevas normas genéricas para vehículos
- Aumentan la sanción de 3 a 6 puntos por conducir sujetando el móvil con la mano. Se mantiene la multa de 200 euros y de 3 puntos si el infractor usa el móvil, pero no lo tiene en la mano.
- Suben de 4 a 6 los puntos de sanción por arrojar a la vía o inmediaciones objetos que puedan provocar incendios o accidentes.
- Ascienden de 4 a 6 los puntos que se pierden por adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros.
- Se eleva la sanción de los 3 a 4 puntos por no utilizar, o hacerlo de forma inadecuada, el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y otros elementos de protección.
- Se sanciona con 3 puntos tener en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros y no solo su utilización como era antes.
- Se elimina la posibilidad actual de adelantar en 20 km/h los límites genéricos de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos.
Nuevas normas para ciclomotores
- Se castiga con 3 puntos por mantener ajustado entre el casco y la cabeza del usuario dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce.
- Se sanciona con 4 puntos no usar el casco o no hacerlo de forma adecuada.
Nuevas normas para VPM
- Uso obligatorio del casco para usuarios de vehículos de movilidad personal, como patinetes.
- Los vehículos de movilidad personal y las bicicletas y ciclos no podrán circular por las aceras y demás zonas peatonales.
Más normas
- Se unifica en un plazo de dos años el tiempo que habrá de transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de 12 puntos, siempre que no se hayan perdido todos los puntos.
- Se sanciona con 200 euros de multa el no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de las bajas emisiones.
- Desde el 6 de julio de 2022 será obligatoria la incorporación de alcoholímetros antiarranque en vehículos de transporte de viajeros. No cumplirlo es una infracción muy grave (500 euros).
- Se considera infracción muy grave incumplir las normas en materia de auxilio en vías públicas, que conlleva una multa de 500 euros.
- Se incorpora como infracción leve incumplir la obligación de los conductores de estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo. Serán 100 euros de sanción.
- Se considerará una infracción muy grave utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados en los exámenes de conducir, sancionada con 500 euros y seis meses sin poder presentarse de nuevo.
- Las empresas de transporte de personas y de mercancías podrán acceder ‘online’ al registro de conductores para conocer si el permiso de conducir de sus trabajadores está vigente o no. Solo se informará en rojo (no en vigor) o verde (en vigor).
- Tasa cero de alcohol para los menores de edad conductores de cualquier vehículo.