Desoyendo las peticiones del sector del plátano canario, el Congreso de los Diputados aprobará este miércoles la nueva Ley de Cadena Alimentaria, que incluye en sus medidas a la producción platanera y que afectará a los agricultores por la exigencia de un pecio de venta mínimo fijo, y que según los productores no les permite competir con los precios de la banana.
La Asociación de Organizaciones de Productores de Plátano de Canarias (Asprocan) pedía este martes el apoyo de todos los grupos para que voten a favor de las dos enmiendas que mantienen los diputados Pedro Quevedo y Ana Oramas, pidiendo la exclusión del sector platanero de Canarias en la ley. La ley europea permite excepciones, y en ese coto es donde quieren permanecer el sector de producción platanera.
Aunque desde el Ministerio de Agricultura no se haya excluido al sector en la ley, sí que se accederá a incluir los 10 millones de ayuda del POSEI como parte del coste de producción, para favorecer la comercialización. Pero desde Asprocan explican que "la posibilidad de incluir las ayudas POSEI en el cálculo efectivo de los costes de producción, solo reduciría las pérdidas del sector, que pasaría de no podercomercializar un 90% a un 30% del volumen anual de la producción, por lo que no es una solución real,
¿Una posible venta del producto a pérdidas?
El Gobierno de Canarias, publicaba hace unos días que esta ley recogerá en una disposición adicional un régimen especial para el plátano que permitirá a los agricultores colocar puntualmente su producto a pérdidas siempre que en el cómputo del año sus ingresos por ventas no sean inferiores a sus costes.Sin embargo, desde Asprocan critican que la única enmienda que ha presentado el PSOE al respecto del precio de venta flexibiliza la determinación del coste de producción y no del precio. “La flexibilidad que necesita el sector es para la determinación del precio de venta y no para la determinación del coste de producción”, explican en una nota de prensa.
¿Por qué el plátano canario no quiere un precio mínimo establecido?
Esta situación deja a los productores canarios ante un competidor, la banana, que podrá ofrecer precios más competitivos. Y es que la escasez de agua y de terreno provoca que los costes de producción en una zona ultraperiférica como es Canarias no sean equiparables ni con los del resto de la Unión Europea ni con los de Latinoamérica. Es decir, que los productores canarios se enfrentan a un mercado al que se le exige los mismos requisitos pero sin los mismos costes.Esta medida influye en el plátano canario dado que cuando se produce una sobreoferta, como medida de autorregulación del mercado, se vende el producto por debajo del precio del coste de producción. Si una ley establece un precio de venta mínimo, los productores no podrán, en determinadas épocas, vender por debajo del precio, lo que hará que el operador opte por la banana, cuyo precio es inferior.
Regulación de un precio de venta mínimo
Los puntos que critica el sector que afecta a la producción son los relativos al precio mínimo de venta. Entre ellos está el artículo 9 de relaciones contractuales. En concreto, el apartado c, que exige que el precio del contrato alimentario se determinará en cuantía fija o variable. En el último caso, el precio se fijará en relación a factores objetivos y verificables. “Los factores a emplear podrán ser, entre otros, la evolución de la situación del mercado, el volumen entregado y la calidad o composición del producto. En todo caso, uno de los factores deberá ser el coste efectivo de producción del producto objeto del contrato, calculado teniendo en cuenta los costes de producción del operador efectivamente incurridos, asumidos o similares.En el mismo artículo nueve, otro punto también entra en conflicto con los intereses de los agricultores canarios. El apartado j, que obliga a la “Indicación expresa de que el precio pactado entre el productor primario agrario, ganadero, pesquero o forestal o una agrupación de éstos y su primer comprador cubre el coste efectivo de producción”.
Desde Asprocan recuerdan que es habitual que las organizaciones de productores vendan a un conjunto de clientes o segmentos de mercado por debajo del coste de producción. Clientes, por ejemplo, como los colegios públicos.
Destrucción del valor en la cadena
El otro artículo que afecta al sector platanero es el referente a la destrucción de valor en la cadena. “Con el fin de evitar la destrucción del valor en la cadena alimentaria, cada operador de la misma deberá pagar al operador inmediatamente anterior un precio igual o superior al coste efectivo de producción de tal producto en que efectivamente haya incurrido o asumido dicho operador. La acreditación se realizará conforme a los medios de prueba admitidos en Derecho”.Y añade que, “El operador que realice la venta final del producto al consumidor en ningún caso podrá repercutir a ninguno de los operadores anteriores su riesgo empresarial derivado de su política comercial en materia de precios ofertados al público”.