Las universidades tendrán cinco años para adaptarse a los nuevos requisitos sobre calidad fijados en el borrador del nuevo real decreto del Ministerio que dirige Manuel Castells, por el que se retiraría la categoría universitaria si no se cumplen unos mínimos de investigación y docencia y si el 50 % de su alumnado no estudia algún grado.Este borrador del real decreto afecta a todas las universidades, públicas o privadas, de modalidad presencial, virtual o híbrida.El secretario general de Universidades, José Manuel Pingarrón, ha señalado que "para que una universidad merezca el nombre de tal necesita tener actividad en las funciones fundamentales de lo que es una institución de educación superior".Es decir, impartición de enseñanzas en un número suficientemente grande para cubrir varias de las grandes ramas del conocimiento y, además, tener investigación.Para Pingarrón, el decreto "clarifica la situación" para concretar y establecer "claramente" cuáles son los criterios mínimos en docencia e investigación para llevar el nombre de Universidad.Si una universidad no cumple las medidas fijadas, el real decreto establece que la comunidad autónoma podrá revocar la autorización de inicio de su actividad. REQUISITOS
- Entre los requisitos para reconocer a una universidad se fija que deberán disponer de una oferta académica mínima de 10 títulos oficiales de grado, 6 títulos oficiales de máster y 3 programas oficiales de doctorado.
- Tener representadas como mínimo tres de las cinco grandes ramas del conocimiento (Artes y Humanidades, Ciencias, Ciencias de la Salud, Ciencias Sociales y Jurídicas e Ingeniería y Arquitectura).
- Después de cinco años del inicio de actividades, el estudiantado de grado y dobles grados será como mínimo el 50 % del total del estudiantado oficial.
- Y a los cinco años desde el inicio de la actividad los estudiantes matriculados en formación continua no podrán duplicar a los matriculados en títulos oficiales.
- Por otra parte, las universidades deberán dedicar al menos un 5 % de su presupuesto a un programa o programas propios de investigación.
- Se establece una cifra mínima de publicaciones científicas que deberán ser publicadas y de proyectos de investigación de ámbito nacional e internacional que tienen que solicitar y obtener.
- Las universidades deberán tener asimismo sistemas internos que aseguren la calidad en su funcionamiento, y los máster propios deberán contar con un informe favorable del sistema interno de garantía.