El juicio contra Ramírez tiene las horas contadas. Este martes tuvo lugar la penúltima sesión en la Ciudad de la Justicia de la capital grancanaria contra el empresario y presidente de la UD las Palmas; y Héctor de Armas por presuntos delitos contra Hacienda y fraude a la Seguridad Social. La jornada transcurrió con relativa normalidad hasta que la última persona que había sido llamada a testificar, un inspector de la Agencia Tributaria en excedencia, discrepó de lo que han expuesto el resto de técnicos desde que comenzó el proceso judicial: “No se le puede exigir retención a Seguridad Integral Canaria”.
Juan Luis Sendín fue llamado al estrado en calidad de perito y expuso una tesis contraria a la de los demás. Aseguró que la cuota se le debió pedir a los empleados de la empresa de seguridad, en vez de a la propia compañía. Para argumentar su postura se respaldó en “el criterio del Tribunal Supremo, de la Audiencia Nacional y de la propia Inspección de la Agencia Tributaria”.
Dirigirse a los trabajadores
Quien en la actualidad es asesor fiscal concluyó de una nota emitida por Hacienda que “parece aconsejable que la exigencia de la deuda esté en sede del perceptor”. O, lo que es lo mismo, que el empleado es el responsable de tributar. Sus palabras no dieron lugar a dudas. “La Agencia Tributaria debió dirigirse a cada uno de los trabajadores y no a SIC”, manifestó.
Para sorpresa de algunos y tranquilidad de otros, Sendín declaró que “no está suficientemente probado que esto constituya delito contra la Hacienda Pública”. Ante las insistentes preguntas de la defensa de la acusación y de la fiscal, fue tajante: “Se tenía que haber hecho una investigación mayor”.
Asumir responsabilidades
Otro de los citados a declarar fue Pedro Bermejo. Él revisó los informes relativos a la actividad de la empresa de los años 2008 y 2009. Su cargo es el de inspector-coordinador de delitos contra la Hacienda Pública. Estudia si la conducta de los diferentes casos que le llegan es sancionable e informa al inspector jefe para que actúe como estime oportuno.
A pregunta de la Fiscalía del Estado sobre el tema del que se pronunciaría Sendín dos horas más tarde dijo que “lo que no se podía hacer era exigir la cuota a las dos partes, es decir al retenedor y al perceptor”. Continuó detallando que hay varias sentencias desde 2020 del Tribunal Supremo que recogen que hay que dirigirse al pagador porque es quien conoce los detalles. Eso sí, a la hora de asumir responsabilidades en las que se pueda haber incurrido no tiene relación con dirigirse a uno u otro.
Nada de "error excusable"
Una de las claves para entender este caso es que se acusa a Ramírez y de Armas de haber camuflado horas extras pagándolas como dietas porque así no tenía que retener cantidades en el IRPF y no cotizaba por los pagos a la Seguridad Social. Bermejo dejó claro que nada de esto había ocurrido como “un error excusable”, sino que “se había camuflado como horas extra”.
“Nunca se pronuncian sobre si las dietas están sujetas a retención, hay una inspección que detecta el fraude”, expresó. Apostilló que la empresa actuaba con la esperanza de que no la pillaran. Además, puso sobre la mesa que en los años que él ha analizado nunca se despidió a ningún trabajador. Así como que se ha detectado que muchos trabajadores despedidos percibían salarios.
Tardanza con los documentos
La segunda persona llamada a sentarse ante el tribunal fue Ana Pérez, inspectora de Trabajo y Seguridad Social que tenía las competencias en la provincia de Las Palmas. Recordó que el 23 de febrero de 2016 pidió a SIC los cuadrantes de los trabajadores. Un año y algo después de que se levantara el acta entregaron algunos documentos, pero no todos los requeridos.
Expuso que estuvo más de un año enviando correos a la representante de SIC, Nuria Faraldo, para que aportara la documentación. “Me dijeron que no había cuadrantes de 2012 sobre horas extra”, admitió. Lo que sí le aportaron fue las nóminas de 49 trabajadores.
Sueldo base congelado
Pérez estudió el periodo que va desde marzo de 2012 hasta febrero de 2013. Sobre el sueldo base afirmó que en ese tramo de tiempo estaba congelado a las tablas de 2011. “De las dietas tampoco me justificaron ni el motivo ni el lugar, en 2012 estaban liquidadas por Madrid”, indicó.
La inspectora emitió un alta de infracción porque, dijo, los hechos fueron muy graves. “Había perjuicio económico para los trabajadores porque no habían cobrado”, aseveró. Reveló que en una reunión con Héctor de Armas, este le dijo que quería cambiar el talante de la empresa y pagaría según convenio. “Yo le dije que eso lo tendría que haber hecho hace tiempo”, sentenció.
Delitos
Ramírez fue denunciado por un presunto delito contra la Seguridad Social. La Fiscalía, la Seguridad Social, Hacienda y la Unión Sindical Obrera (USO) lo acusan a él y a Héctor de Armas de recurrir de forma sistemática a una serie de “ficciones” en el pago de las nóminas a sus empleados que se articularon con excusa de superar la crisis económica de 2008. De Armas sustituyó al empresario en el cargo de administrador único en 2011. Sin embargo, Ramírez con el 91,4% de las acciones de la empresa, presuntamente la seguía gestionando.
El Ministerio Fiscal, en su escrito de acusación, asegura que Miguel Ángel Ramírez cometió cinco delitos contra la Hacienda Pública y tres contra la Seguridad Social y solicita una condena de 21 años y medio de cárcel y 105 millones de multa. La Fiscalía acusa a Héctor de Armas de haber cometido tres delitos contra la Hacienda Pública y dos contra la Seguridad Social y pide la pena total de 14 años de cárcel y 79,32 millones de multa.