Se complica el futuro penal de los gestores de clubes cannábicos que no cumplen con la ley. La Fiscalía los está acusando de asociación ilícita además de tráfico de drogas. Son precisamente estos dos delitos los que se le imputan a los ciudadanos italianos T.C. y V.D.A. que dirigían la Asociación cannábica Toma farm (La granja de Toma), ubicada en Corralejo, (Puerto del Rosario). El primero de ellos era el presidente del club y la segunda, la secretaría del mismo.
Según el escrito de acusación al que ha tenido acceso este medio, T.C. utilizó la Asociación para otorgar una apariencia de legalidad a su actividad de venta de droga, dándole la fachada de asociación sin ánimo de lucro, para a través del local de la misma proceder a lucrarse mediante la presunta venta a terceros de marihuana.
Sin control
“Los terceros adquirían en el local de la Asociación la marihuana y se la llevaban consigo para su consumo fuera de las instalaciones si lo deseaban, pues no existía un control al efecto” explica la Fiscalía.
La policía entró en el local el día 25 de octubre de 2019 y descubrieron en su interior droga, instrumentos y efectos del delito de tráfico de sustancias. En concreto, se aprehendieron 546 gramos de marihuana y 92,47 gramos de hojas de la planta de marihuana cuyo valor de venta al público ascendería a 3.243,4 euros.
Cultivo
“Los agentes actuantes aprehendieron, asimismo, transformadores, balastros con y sin lámpara, macetas, ventiladores, un temporizador “cli-malite” 8 (calefactor), sulfatadoras, fertilizante y otros productos potenciadores del crecimiento de la marihuana, un aparato de aire acondicionado “TRISTAR”, enchufes, cables, un extracto, una lámpara 600W, un termostato TH3, un tubo canalizador y controladores automáticos de temperatura y1 humedad; empleado todo ello por los acusados para el cultivo y posterior venta, suministro y distribución ilícita de marihuana”, reza el escrito.
La Fiscalía considera que estos hechos son constitutivos de un delito de tráfico de drogas, en la modalidad de sustancias que no causan grave daño a la salud y pide para ambos acusados dos años de cárcel, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y una multa de 6.400 euros.
No los expulsarán
Por el delito de asociación ilícita solicita tres años de prisión para los dos ciudadanos italianos y una multa de 20 meses a razón de 10 euros diarios para él y de 10 meses para ella.
“Se considera que no procede la sustitución de las penas de prisión de los acusados por la expulsión del territorio nacional, en aplicación del art. 89. 4 del C.P., por resultar desproporcionada en el presente caso, dado que los acusados son ciudadanos comunitarios que no representan una amenaza grave para el orden público ni la seguridad pública, en atención a la naturaleza, circunstancias y gravedad de los delitos cometidos por los mismos”, concluye el escrito de la Fiscalía.