La Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Las Palmas emitió el pasado 3 de junio una resolución —a la que ha tenido acceso Atlántico Hoy— donde anuncia que sancionará a la asociación Oportunidades de Vida, dirigida por Rafael Hernández —presidente de los ganaderos y agricultores de Canarias— por no haber cumplico con sus obligaciones tanto de formar a los trabajadores en prevención de riesgos laborales como de realizar reconocimientos médicos a la plantilla. El origen es la denuncia presentada por una de las trabajadoras.
El organismo estatal requirió a la ONG que subsanara las infracciones observadas. Todo parte de una visita que realizó la inspección al centro de trabajo, ubicado en la calle Camilo José Cela (El Fondillo, Las Palmas de Gran Canaria) el 27 de abril de 2024. Como se encontraron que no había nadie en las instalaciones, dejaron un requerimiento de documentación en materia laboral y de prevención de riesgos en el puesto de trabajo.
Cinco documentos
Pasados unos días, Oportunidades de Vida remitió documentación mediante su asesora laboral en representación de la asociación. El informe que ha consultado este periódico revela que en cuanto a la formación e información en materia de prevención de riesgos laborales enviaron cinco documentos del servicio ajeno que tienen contratado desde hace un año. El problema estaba en que la fecha de todos era el 9 de mayo, por lo tanto era posterior a la visita de la inspección.
El texto explica que la asociación les envió una lista de personas trabajadoras que se encuentran en situación de incapacidad temporal. Sin ir más lejos, una de ellas inició su relación laboral con la ONG el 3 de marzo de 2021, por lo que observa que “no ha recibido la formación e información en materia de seguridad y salud”. “Por lo tanto, se constata que la formación se imparte con posterioridad a las actuaciones inspectoras y no a la totalidad de la plantilla”, resalta el documento.
Varios años
Sobre la vigilancia de la salud, la empresa aportó fechas programadas para los días 13 de mayo, 14 de abril y 15 de mayo. “Es decir, después de las actuaciones inspectoras”, incide. “Por tales hechos, se requieren por parte de la actuante los reconocimientos médicos efectuados en los periodos de 2021, 2022 y 2023”, añade.
Pone sobre la mesa, además, que el 24 de mayo se aportó mediante correo electrónico el ofrecimiento para realizar reconocimientos médicos en el periodo de 2023, pero no de los años anteriores. La asesora laboral de la ONG mandó un mensaje claro: “Adjunto documentación relativa al ejercicio de 2023, respecto de los ejercicios anteriores no disponen o localizan la misma”. “Nuevamente se constata”, apunta la inspección, “que en su caso no le han ofrecido los reconocimientos médicos”.
Desconexión digital
La conclusión que deriva de las actuaciones inspectoras es que se inicia el correspondiente procedimiento administrativo sancionador por dos motivos: “Por un incumplimiento de las obligaciones en materia de formación e información suficiente y adecuada a los trabajadores acerca de los riesgos del puesto de trabajo susceptibles de provocar daños para la seguridad y salud y sobre las medidas preventivas aplicables”; así como “por no realizar los reconocimientos médicos y pruebas de vigilancia periódica del estado de salud de los trabajadores que procedan conforme a la normativa”.
Además, advierte a la asociación que, respecto a las comunicaciones vía WhatsApp con los empleados — se entiende que fuera de su horario laboral— , el artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho de las plantillas a la intimidad en relación con el entorno digital y a la desconexión.