Atención, estudiantes Erasmus: la ULL cambia las bases de las ayudas para quienes se vayan en 2023

La Universidad de La Laguna ha modificado algunos plazos o la forma de pago y cálculo de las subvenciones | También ha incrementado una de las ayudas

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Un estudiante Erasmus de la ULL./ ARCHIVO
Un estudiante Erasmus de la ULL./ ARCHIVO

A punto de comenzar el curso 2023-2024, la Universidad de La Laguna ha modificado seis cuestiones de las bases que regulan las becas para los estudiantes que se irán de Erasmus. La universidad ha explicado que existen "razones operativas de naturaleza presupuestaria" que "aconsejan" modificar las bases que se aprobaron el 24 de noviembre de 2022 para "mejorar la financiación del alumnado afectado por dicha resolución".

La modificación se aprobó el pasado 3 de julio y se ha hecho oficial este jueves, al ser publicada en el Boletín Oficial de Canarias. En concreto, las modificaciones afectan a las bases séptima y novena y dos de los apartados del Anexo I.

Sobre el plazo del Convenio de Subvención

La ULL ha introducido cambios en dos de los apartados de la base séptima, en concreto en el 1. f) y en el 1. g). 

El primer epígrafe habla sobre el Convenio de Subvención, cuya no presentación en plazo "implicará la anulación de su preselección" El cambio efectuado afecta justamente a ese plazo.

Hasta ahora, las bases especificaban que "para las movilidades de primer semestre y curso completo, el plazo de presentación de este documento es hasta el 30 de septiembre de 2023, a las 23:59 horas, mientras que para las movilidades de segundo semestre es hasta el 15 de enero de 2024, a las 23:59 horas, salvo que por causas derivadas de la concesión de fondos europeos a la Universidad de La Laguna por parte de la Comisión Europea no pueda publicarse la resolución de asignación de ayudas europeas en tiempo suficiente para que el alumnado pueda cumplir dichos plazo".

Tras el cambio, el nuevo texto suprime la fecha límite del 30 de septiembre por un plazo de "de 10 días hábiles desde la publicación de la resolución de concesión de las ayudas". También se ha eliminado la mención al plazo para el segundo semestre.

Sobre la póliza del seguro en el extranjero

Los alumnos que se vayan de Erasmus deben suscribir una póliza de seguro con cobertura en el extranjero y con la misma duración de la estancia. Según las bases de la ULL, esta póliza deberá incluir la cobertura de, al menos, "seguro de responsabilidad civil, fallecimiento e invalidez por accidente, asistencia en caso de repatriación de fallecido por cualquier causa y reembolso de gastos médicos por accidente".

La suscripción y acreditación de esta póliza ante el Vicerrectorado de Proyección, Internacionalización y Cooperación es obligatoria antes de irse al destino. De no hacerlo, se anulará la candidatura.

A esta norma, la ULL ahora añade un plazo para acreditar la contratación del seguro: "10 días hábiles desde la publicación de la resolución de concesión de ayudas".

Sobre el pago de la ayuda económica

En el apartado 1. de la base novena, la ULL realiza algunas especificaciones sobre la aportación económica del Erasmus. El texto original reza:

"La adjudicación de una plaza de movilidad no conlleva la dotación económica con carácter automático. La obtención de ayuda y su importe estarán supeditados a la financiación que la Universidad de La Laguna pueda recibir para este fin, tanto de organismos externos como derivada de su propia partida presupuestaria. La dotación económica, en todo caso, será la correspondiente al tiempo de estancia real del alumnado en la universidad de destino y siempre como máximo la que corresponda al número de meses que se establecen para cada plaza, con las limitaciones que, en su caso, se puedan determinar. Solo en casos de ampliación de estancia debidamente autorizada, y siempre que sea viable presupuestariamente, podrá ampliarse también la dotación económica de la ayuda. En todo caso, esta decisión corresponde exclusivamente al Vicerrectorado de Proyección, Internacionalización y Cooperación."

Sobre este supuesto, la universidad ha añadido ahora un párrafo extra que especifica: "La no justificación de la subvención en los términos establecidos en esta convocatoria, o la justificación insuficiente de la misma, llevará aparejado el reintegro de la misma, en su totalidad o en parte".

Sobre el cálculo del importe de la ayuda

En el apartado 2. de la base novena, la ULL habla sobre cuándo se sabrá la cuantía que recibirá cada alumno en concepto de dotación económica. En el texto original, la universidad detallaba: "El importe de la ayuda que percibirá el alumnado beneficiario se determinará una vez que la Universidad de La Laguna reciba la subvención de la Comisión Europea y del SEPIE para financiar las movilidades objeto de esta convocatoria. En ese momento, se publicará la resolución por la que se asignan ayudas europeas a la movilidad Erasmus+ en la modalidad de Movilidad de Estudiantes por Estudios (Student Mobility for StudiesSMS), en la misma web donde se publique la presente convocatoria".

No obstante, con la modificación de este apartado, las nuevas bases detallan que la ayuda que percibirá el alumnado beneficiario "se determinará una vez que la Comisión Europea y el SEPIE establezcan la financiación de las movilidades objeto de esta convocatoria", y no cuando la ULL reciba la subvención, como se especificaba anteriormente.

Condiciones para el ingreso del dinero

Debido a los cambios efectuados en los apartados 1. f) 1. g) de la base séptima que se han expuesto anteriormente en este artículo, la ULL ha tenido que modificar algunos aspectos del Anexo I de las bases. Por una parte, la universidad ha efectuado cambios en lo referente al abono de la beca.

El texto original de las bases especificaba lo siguiente: "El abono del primer 70% de la ayuda económica dependerá del ingreso de fondos a la ULL por parte de la Comisión Europea y de la entrega del Certificado de llegada por parte del alumnado, una vez se incorpore a la universidad de destino".

Tras la revisión, ese párrafo queda sustituido por el siguiente: "El abono de la prefinanciación del 100% de la ayuda económica prevista dependerá de la entrega por parte del alumnado del convenio de subvención y la póliza de seguro a que aluden los apartados f) y g) de la base séptima de la presente Convocatoria".

Aumento del importe de la ayuda por venir de Canrias

El último cambio introducido en las bases contempla un incremento de la ayuda por provenir de la región ultraperiférica de Canarias. Hasta ahora, el Anexo I establecía que las ayudas de la Unión Europea a la movilidad del alumnado proveniente de regiones ultraperiféricas, en concepto de apoyo individual, ascendían a 700 euros al mes, con independencia del país del programa que tuvieran como destino.

Ahora, la ULL ha cambiado esta parte del anexo para incrementar a 786 euros al mes las ayudas de la Unión Europea por este concepto, pero sólo para las movilidades financiadas con fondos del proyecto del 2023. Las movilidades que todavía estuviesen financiadas con los fondos de 2022 continuarán recibiendo 700 euros mensuales.