El
Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) entiende que no procede aclarar su resolución respecto a las restricciones en la Comunidad Autónoma, pues los términos jurídicos no ofrecen dudas, por lo que
no permite aplicar el toque de queda ni el cierre perimetral.De esta manera se ha pronunciado la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC después de que
el Gobierno de Canarias le haya solicitado hoy que aclarase los términos de la resolución emitida ayer, y en la que no avaló parte de las medidas solicitadas por la Comunidad Autónoma tras el fin del estado de alarma.
Petición sin discordia
A esta petición de aclaración se ha sumado el Ministerio Fiscal y el TSJC señala que se trata de un procedimiento singular en el que no hay controversia entre partes antagónicas, sino una
petición sin discordia e indica que sobre el ámbito "de nuestra cognición ya nos hemos pronunciado" en el auto al que se refiere la solicitud.Por ello la Sala ha acordado que
no ha lugar a aclarar el auto al estimar que sus términos son claros de conformidad con lo expuesto en el razonamiento jurídico.El TSJC pide que se notifique la resolución al Ministerio Fiscal y a la Comunidad Autónoma y que se comunique que es firme, por lo que
no cabe contra ella recurso alguno, sin perjuicio de lo que proceda contra el auto al que se refiere, cuyo plazo comenzará a computar desde el día siguiente a la presente notificación.