El SCS tendrá que pagar 159.000 euros por tardar cuatro años en una cirugía de mano

AtlanticoHoy / EFE

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Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) / ARCHIVO
Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) / ARCHIVO

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha condenado a la sanidad pública de las islas a indemnizar a un paciente con 159.058 euros por haber tardado casi cuatro años en operar una fractura de escafoides; tanto, que la cirugía ya no salió bien y el afectado ha quedado incapacitado para su trabajo.En una sentencia difundida por la asociación El Defensor del Paciente, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC falla que el Servicio Canario de Salud (SCS) es responsable patrimonial del daño que ha sufrido ese paciente, por el retraso en diagnosticar su dolencia, primero, y por la demora en operar, después.El tribunal explica que el paciente acudió por primera vez a su médico con dolor en la muñeca el 16 de septiembre de 2011, pero no se le realizó una radiografía y se le diagnosticó por error tendinitis.El afectado volvió al médico en febrero y entonces sí le hicieron una placa de rayos X, que reveló una fractura del polo proximal de escafoides (27 de marzo de 2012).No fue hasta el 11 de febrero de 2016 cuando le operaron, porque el traumatólogo que lo vio el 3 de abril de 2013 y le diagnosticó pseudoartritis de escafoides derecho le puso en lista de espera convencional, cuando a criterio de los magistrados debería haberse dado preferencia a su caso, que se arrastraba ya desde 2011.Pero, además, otro traumatólogo lo volvió a citar en 2015 para examinarlo y pedir que se repitieran las pruebas diganósticas, porque el anterior especialista se había jubilado. Para entonces, las pruebas ya revelaron una necrosis del polo proximal.La evolución del paciente tras la operación de febrero de 2016 no fue buena, de modo que una traumatóloga prescribió una segunda cirugía, con carácter prioritario, advirtiendo expresamente de que cualquier retraso podía derivar en un "daño irreversible".La doctora tuvo que insistir dos veces para que el paciente pasara de nuevo por el quirófano, algo que ocurrió en septiembre de 2017, pero para entonces el afectado padecía ya una lesión que ha derivado en incapacidad permanente total para realizar su trabajo habitual.El TSJC considera que se ha acreditado "retraso en el diagnóstico acertado", en "la atención por un especialista (traumatología)" y "en una intervención quirúrgica que era urgente a pesar del riesgo cierto de empeoramiento", así como "sometimiento a dos intervenciones quirúrgicas por falta de éxito de la primera".La Sala entiende que lo ocurrido convierte al SCS en responsable de indemnizar al paciente por una infracción de las buenas prácticas médicas, en una cantidad, 159.058 euros, que juzga proporcional a la edad del afectado, 57 años, y al hecho de que ha quedado incapacitado para su trabajo.

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