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Sociedad

Un hombre es condenado a devolver 2.400 euros a una mujer por el "timo del asfalto"

El acusado, con el ánimo de obtener un beneficio patrimonial ilícito, acordó con la víctima a principios de 2019 la realización de una obra de asfaltado en el patio de su vivienda y que nunca ejecutó

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Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife judicial. / Archivo

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a un hombre a un año de cárcel y a devolver 2.400 euros a una mujer de La Laguna víctima del conocido como “timo del asfalto”, que consiste en ofrecer trabajos de obras y reformas muy por debajo del precio del mercado.

En el caso de la mujer estafada la sentencia da por probado que el acusado, con el ánimo de obtener un beneficio patrimonial ilícito, acordó con la víctima a principios de 2019 la realización de una obra de asfaltado en el patio de su vivienda, situada en el barrio de Geneto.

Sin intención de realizar la obra

La Sala da por probado que desde el principio el hombre no tenía la intención de realizar trabajo alguno, pese a lo cual cobró 1.400 euros en efectivo con la excusa de que necesitaba el dinero para iniciar la obra.

El mismo día del cobro volvió al domicilio de la mujer para cobrar otros 400 euros, esta vez amparándose en que necesitaba esa cantidad para poder cerrar el trato con la fábrica de asfalto.

Más dinero entregado

Tres días más tarde la mujer le entregó 600 euros más solicitados con la excusa de que los necesitaba para obtener un permiso del Ayuntamiento que jamás llegó a tramitar.

Poco tiempo después, el acusado envió peones al domicilio, quienes se encargaron de limpiar el patio y picar el suelo, para no volver jamás a aparecer por la vivienda.

Estafa probada

En definitiva, la Audiencia considera probado que el encausado “ni realizó la obra pactada ni devolvió el dinero a la mujer, sino que lo incorporó a su patrimonio personal”.

En el recurso presentado el acusado negó que desde el principio actuase con la intención de no cumplir el contrato y sostuvo que lo había ejecutado en parte y si no lo hizo en su totalidad fue por causas ajenas a su voluntad.

Excusas

Puso como ejemplo la actitud de algunos vecinos en contra de las obras y los supuestos incumplimientos de la mujer que presentó luego la denuncia, a la que atribuyó no haber pagado todo el dinero acordado y mantuvo que se estaba ante una causa civil, no un delito de estafa, pese a que ya había sido condenado por este último delito en una ocasión anterior.

Argumentos que rechaza la Audiencia desde donde se cree demostrado que nunca se adquirió material alguno, ni se gestionaron los permisos municipales ni se ejecutaron trabajos, excepto la preparación del terreno llevados a cabo durante dos días por dos peones. El pago efectuado a estos últimos supondría “una pequeñísima fracción del abono inicial de 1.400 euros”.

Conclusión

En definitiva, se da por probado que el acusado actuó desde el principio sin ninguna intención de cumplir el contrato que en realidad utilizó como instrumento para engañar a la perjudicada y obtener el dinero entregado.

“Simplemente se pretendió crear una apariencia de inicio de cumplimiento del acuerdo que ocultara el fraude o estafa que estaba llevando a cabo. No se cree que haya prueba alguna de que los vecinos protestaran y de hecho se considera que difícilmente pudo haber oposición a unas obras que en la práctica nunca llegaron a empezar realmente, más allá de unos escasos trabajos iniciales”.