Las bibliotecas, repletas de libros, esconden muchos relatos en su interior. No obstante, la Biblioteca Pública del Estado de Las Palmas de Gran Canaria posee su propia historia, que comenzó hace 21 años. A día de hoy, continúan las idas y venidas ocasionadas por la sentencia de derribo que pesa sobre el edificio.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha decidido llevar ante el Constitucional la ley que salvó a la Biblioteca del Estado de la capital grancanaria de la sentencia firme de derribo, recurriendo a un mecanismo excepcional. Por lo que la demolición de la infraestructura sigue siendo posible y se encuentra en el aire. Pero, ¿qué ha ocurrido en estas dos décadas?
Comienza en 2002
La sede actual de la Biblioteca Pública del Estado en Las Palmas, ubicada frente a la Avenida Marítima, fue construida en 1997. Fue 5 años después, en 2002, cuando el TSJC ordenó la demolición por vulnerar el planeamiento urbanístico de la ciudad, ocupar el espacio previsto para zonas verdes y, además, impedir las vistas al mar.
La historia se construye sobre una irregularidad. En el momento de la edificación, José Manuel Soria ocupaba el puesto de alcalde en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Como primer edil, junto al entonces concejal de Urbanismo, Jorge Rodríguez Pérez, concedió la licencia de obras sin contar con un plan especial previo. La ubicación actual del inmueble estaba destinada a espacio libre y su parte trasera a un equipamiento cultural.
Sentencia inejecutable
Con intención de salvar la infraestructura, el Consistorio de la capital cambió el planeamiento del área de San Telmo para que la construcción de la biblioteca fuera legal. No obstante, los tribunales no lo admitieron y la sentencia fue ratificada por el Tribunal Supremo en 2006. El ayuntamiento, en esta ocasión, trató de salvar el edificio del derribo alegando que la sentencia era inejecutable.
Comienza así la batalla, continuada durante los años, entre la institución municipal y los tribunales para mantener a salvo la Biblioteca del Estado. Guerra a la que también se sumó la comunidad del edificio de San Telmo. Su reclamo se centró en la pérdida de vistas al mar por culpa de la arquitectura. Por lo que se propuso como solución la compensación económica del grupo vecinal. No obstante, las negativas por parte del Supremo se mantuvieron.
Bien de Interés Cultural
Sin más recursos y ante los constantes rechazos judiciales, la Administración local se acogió a la resolución de que la biblioteca cuenta con un régimen jurídico similar al de los Bienes de Interés Cultural, recogido en la Ley de Patrimonio, resguardando así a la infraestructura del derribo.
No obstante, no sirvió de mucho y el Supremo se volvió a pronunciar en contra argumentando que la Ley de Patrimonio ampara las bibliotecas pertenecientes al Estado cuando estás “no se hayan construido ilegalmente”, ya que la ley no tiene como objetivo permitir el mantenimiento de edificaciones ilegales al usarlas como bibliotecas, archivos o museos estatales.
Actualización
Fue el Congreso de los Diputados el que libró de la piqueta a la Biblioteca Pública de la capital grancanaria, al incluir en la Ley de Presupuestos del Estado de 2015 una disposición adicional que declaraba de utilidad pública la expropiación de los efectos de esa sentencia por afectar al derecho de la ciudadanía a acceder en igualdad de condiciones a la cultura y la educación.
Por esta razón, al tener rango de ley, el TSJC ha visto la necesidad de llevar el caso al Constitucional, único tribunal con potestad para revocar esa expropiación de sentencia. Se vuelve así a poner sobre la palestra el posible derribo de la Biblioteca del Estado de Las Palmas.
La historia continúa
La Sala de lo Contencioso Administrativo ha publicado un comunicado en el que apuntan la falta de solidez de la solución que se planteó por último. En primer lugar, puntualiza que el Gobierno central o uno autonómico pueden expropiar los derechos de una sentencia solo en tres supuestos: "el peligro cierto de alteración grave del libre ejercicio de los derechos y libertades de la ciudadanía, el temor fundado de guerra o el quebranto de la integridad del territorio nacional".
Los magistrados han considerado que la Biblioteca Pública no encaja en ninguno de los tres supuestos. Además, recuerdan que el Supremo se pronunció dos veces en contra de sustituir el derribo por una indemnización, solución que se había mantenido hasta ahora.
El TSJC cuestiona, asimismo, que esta expropiación de sentencia no haya sido aprobada por un Gobierno, sino por el Congreso, lo que tiene como consecuencia que se le impide controlar si esa medida es arbitraria o, por el contrario, justa. Alegan que esa decisión inapelable de no derribar puede vulnerar varios artículos de la Constitución Española. Continúa así la historia del posible derribo de la Biblioteca Pública del Estado de Las Palmas, que parece no tener fin.