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Sociedad

Canarias regula los viajes interinsulares entre islas en alto riesgo por covid-19

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Turista transita por el centro de Santa Cruz./ Jac.
Canarias permitirá los viajes entre islas que se encuentren en nivel de alerta tres y cuatro cuando los viajeros presenten una prueba diagnóstica de infección activa (PDIA) negativa realizada en las 72 horas previas a la llegada del destino, según informa el Servicio Canario de Salud en un comunicado. Esta medida estará en vigor entre las 00.00 horas del 30 de abril y mientras perdure el nivel 3 o 4 en las islas afectadas por el desplazamiento.Según informa Sanidad las pruebas diagnósticas de infección activa admitidas son la PCR, test de antígenos y TMA y estas no serán exigidas a menores de seis años.La documentación acreditativa de la prueba deberá ser el original, redactada en español y será válida tanto en formato papel como electrónico, indica el comunicado. El documento contendrá, al menos, los siguientes datos: nombre y apellidos del viajero, número de documento de identidad, fecha de realización de la prueba, identificación y datos de contacto del centro sanitario autorizado que realiza la prueba y técnica empleada y resultado negativo de la prueba. En el supuesto de pruebas de antígenos deberá reflejar, asimismo, la especificidad y sensibilidad homologada. Según destaca Sanidad, la prueba que garantiza la no infección del viajero no tendrá la consideración de prestación sanitaria del sistema sanitario público, por lo que no será realizada por el Servicio Canario de Salud en sus centros propios o concertados. No obstante, deberán realizarse en centros, servicios y establecimientos sanitarios con capacidad diagnóstica para la realización de las pruebas de detección de COVID-19, autorizados por el SCS y que se puede consultar en este enlace https://www3.gobiernodecanarias.org/sanidad/scs/contenidoGenerico.jsp?idDocument=42864f56-3bc0-11eb-a849-fb22de613602&idCarpeta=e01092c2-7d66-11ea-871d-cb574c2473a4

Exclusiones de presentar PDIA

Sanidad también informa de que los viajes interinsulares entre islas en nivel de alerta 3 o 4 estarán permitidos, sin necesidad de presentar PDIA negativa, siempre que se ajusten a estos supuestos debidamente acreditados:-Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.-Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.-Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil, así como a academias de idiomas y de refuerzo educativo de asignaturas incluidas en planes de estudios de educación reglada, conservatorios y escuelas de música, o para la preparación de procesos selectivos en academias o centros de formación.-Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.-Asistencia y cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.-Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.-Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.-Renovaciones de permisos y documentación oficial.-Realización de exámenes o pruebas oficiales.-Asistencia y cuidado de animales domésticos o explotaciones agropecuarias.-Entrenamientos o competiciones profesionales o federados de ámbito nacional o internacional.-Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.-Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.Además, esta medida no afectará a los viajes que se realicen por alguno de estos motivos:-Desplazamientos con origen o destino en el extranjero, que se regirán por su normativa específica.-Desplazamientos con origen o destino en el resto del territorio nacional, que se regirán por su normativa específica.-Circulación en tránsito a través de los ámbitos territoriales señalados en los dos apartados anteriores.-Desplazamientos entre islas que no se encuentren en niveles de alerta 3 o 4 aunque deban hacer escala en una isla que sí se encuentre en nivel de alerta 3 o 4.-Desplazamientos entre las islas de La Graciosa y Lanzarote.La resolución también recoge que se permitirá viajar entre islas que se encuentren, alguna o ambas, en nivel de alerta 3 o 4, a aquellas personas procedentes de fuera del Canarias que acrediten una reserva en un establecimiento turístico de alojamiento inscrito en el Registro general turístico de la Comunidad Autónoma de Canarias y estén sujetos al régimen de control de salud pública en la admisión a un establecimiento alojativo.