La Justicia ya ha rebajado cuatro penas en Canarias por la ley del 'sólo sí es sí'

La Audiencia Provincial de Tenerife ha registrado cuatro modificaciones en las penas debido a la ley solo sí es sí. En Las Palmas

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La ministra de Igualdad, Irene Montero, propulsora de la ley del solo sí es sí./ EFE/Nerea de Ara
La ministra de Igualdad, Irene Montero, propulsora de la ley del solo sí es sí./ EFE/Nerea de Ara

La Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, también conocida como la ley del solo sí es sí sigue modificando las condenas de personas acusadas por diversos delitos sexuales. El Gobierno central busca soluciones ante la lluvia de modificaciones en las penas que se acogen a la nueva legislación y ha propuesto una enmienda que frene las interpretaciones de los jueces y que acabe con los beneficios a los encarcelados. La Audiencia Provincial de Santa Cruz asegura que un total de cuatro resoluciones se han acogido a la ley del solo sí es sí.

Reducción de condenas 

El Tribunal dictó una sentencia por un delito de abusos sexuales el pasado 24 de junio de 2019, en la que se condenaba a un hombre a un total de ocho años de cárcel además de otras medidas como una orden de alejamiento y la indemnización económica a la víctima que tenía tan solo 12 años en el momento del delito. Es decir, el acusado tendría que permanecer en la cárcel ocho años. Sin embargo, el cambio de paradigma con la nueva entrada en vigor de la ley solo sí es sí, la condena del delincuente ha sido modificada y rebajada de ocho a seis años de prisión, alegando en el propio auto que en la primera sentencia "se justificó la imposición de la pena en su mínimo legal porque no constaba que los hechos hubieran tenido consecuencias físicas para la víctima y tampoco psicológicas, más allá de un temor hacia los hombres adultos. Es por ello que consideramos procedente acomodar la pena al mínimo según la actual regulación, esto es, seis años de prisión", concluye. 

El segundo caso ya ha pasado a la historia por ser el primero en Canarias que rebajó la condena a un hombre al amparo de la ley del solo sí es sí. Como autor de un delito continuado de abuso sexual sobre una menor de dieciséis años, el tribunal le impuso una pena de 10 años de cárcel y recientemente se le bajó un año, es decir, tendrá que cumplir nueve años de cárcel. 

La tercera condena se redujo de ocho a seis años, en este caso a un hombre que cometió un delito de abuso sexual a una menor de 13 años. El auto justifica la reducción de pena alegando lo siguiente: "No se ha apreciado, en este caso, la circunstancia de abuso de parentesco o de superioridad, por lo que, a falta de otras circunstancias concurrentes, ha de considerarse suficiente respuesta punitiva la imposición de la pena mínima que corresponde al delito, ocho años de prisión". 

Por último, el cuarto caso de rebaja de condena se produce también en la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife a un hombre condenado por delito de agresión sexual con parentesco a la menor agredida. "En el caso analizado, el condenado reconoció los hechos y se conformó con las penas solicitadas por las acusaciones que era, en cuanto a la prisión, la mínima de seis años. Es por ello que consideramos procedente revisar esa pena y acomodarla al mínimo legal actual, es decir, cuatro años de prisión", concluye el auto.

Intentos fallidos 

La Audiencia Provincial de Las Palmas rechazó rebajar la condena a un hombre acusado de delito sexual continuado con una menor desde que ella tenía 12 años. La condena de nueve años por los abusos sexuales reiterados buscó el amparo de la nueva ley del solo sí es sí, pero en este caso las interpretaciones no favorecieron al reo. Por tanto, se denegó la revición de la sentencia firme, "la cual se mantendrá en los mismos términos en los que fue redactada en su momento", dicta el auto.  

Finalmente, también en la Audiencia Provincial de Las Palmas, dos hombres que se hicieron pasar por menores de edad que llegaron a la isla en situación irregular aprovecharon su permanencia en un centro de menores para acorralar a una de las cuidadoras y le realizaron tocamientos por encima de la ropa. Ambos fueron condenados a tres años y seis meses. En este caso se aplicó la ley del solo sí es sí

De esta manera, en Canarias hay cuatro autos con otras tantas revisiones de sentencias de la Sección Quinta de la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife, una denegación de revisión de la Audiencia de Las Palmas de Gran Canaria y una sentencia que aplica la nueva norma de la Sección Sexta de la Audiencia de Las Palmas. Los efectos de la nueva ley ha hecho temblar el panorama jurídico y ha puesto en el punto de mira a las condenas por abusos sexuales desde su entrada en vigor. 

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