El Juzgado de lo Contencioso Número 2 de Santa Cruz de Tenerife ha dictado una sentencia pionera al ser la primera vez que un tribunal aplica la doctrina del Supremo sobre el silencio administrativo en materia de residencia permanente para extranjeros.
Una sentencia que marca un antes y un después para muchos foráneos con residencia legal en España que siguen a la espera de que la Administración Central resuelva sus solicitudes de residencia permanente en el país.
El plazo que dicta la ley es de tres meses, transcurridos los cuales, si Extranjería no se pronuncia, debe entenderse que la solicitud es favorable. Hasta esta sentencia la Administración no lo entendía así, por lo que se resolvía sin tener en cuenta los efectos del silencio positivo a favor del peticionario pese a que hubiese pasado semanas, incluso meses, de los tres obligatorios.
Desde 2022
El despacho que ha llevado este caso es el Bufete Inurria, concretamente el letrado Jaime Díaz, quien confiesa a a Atlántico Hoy la particularidad de este caso es que, “a pesar de que haya una doctrina del Tribunal Supremo, no se estuviese ejecutando la norma. ¿Por qué no se aplicaba? Es una buena pregunta que no puedo contestar”.
Asegura que al recibir la desestimación planteó inmediatamente el recurso porque “jugaba con la razón de mi lado”. El mismo fue estimado en su integridad por el juzgado con expresa condenas en costas a la Administración.
El alto tribunal definió en su Sentencia del Tribunal Supremo (STS) 32/22 de 19 de enero, luego ratificada en la STS de 13.07.22, que “en este caso se solicita la autorización de residencia permanente por lo que el sentido del silencio ha de ser positivo”.
Una doctrina que tardó muchos años en llegar y que generaba inseguridad jurídica a los extranjeros residentes.
Diferencia con la inicial
Este silencio positivo de la Administración solo se aplica cuando ya ha habido una primera solicitud favorable para permanecer en el país. Según explica Díaz, si se diera el caso de silencio administrativo en esta ocasión, también con un periodo de tres meses para pronunciarse, se consideraría silencio negativo, lo cual diferencia ambas situaciones.
“Tiene lógica. Si ya tienes un permiso inicial y pides la renovación es porque hay arraigo, y por lo general para ese permiso los requisitos no son tan rígidos como la inicial. Por eso tiene sentido que la ley establezca que el silencio es positivo, aunque el Tribunal Supremo se haya tenido que pronunciar porque hasta 2022 no estaba claro”, explica el abogado.
Una sentencia que a su entender también contribuirá para agilizar las oficinas de extranjería, una por provincia funcionando “cada una de una manera” lo que hace que la mayoría estén colapsadas “con mucha gente esperando. Pasan los meses y la saturación cada vez es mayor”.
Reflexiona al terminar sobre por qué en ocasiones la Administración no sigue la doctrina de los tribunales. “Yo no tengo respuesta. Se puede intuir pero uno nunca sabe muy bien por qué a veces la Justicia va por un lado y la Administración va por otro”.