La Agencia Canaria de Protección del Medio Natural (ACPMN) ha alertado esta semana del incremento de investigaciones de viviendas ilegales en costas y medianías de Canarias.
Según explica a Atlántico Hoy su director ejecutivo, Ángel Fariña, desde que llegó al cargo, la ACPMN ha intensificado las identificaciones, descubriendo una gran cantidad de caravanas fijas, casetas de madera y contenedores que incumplen las leyes de habitabilidad y son utilizados como primera o segunda residencia. En cualquier caso, Fariña destaca que no se puede saber cuántas hay en total ni cuáles son nuevas, sino que el aumento en las investigaciones ha permitido encontrar muchas más viviendas ilegales de las que se identificaban con anterioridad.
Así, esta semana en una rueda de prensa Fariña destacó que “la proliferación de casas de madera responde a una realidad más reciente, mientras que caravanas y contenedores se vienen sucediendo hace más tiempo creando núcleos ilegales en suelos donde el uso residencial está prohibido, tanto en zonas de medianías como de costas”. La aparición de nucleos urbanos en estos suelos es una de las mayores preocupaciones de la agencia por el impacto medioambiental que generan.
Multas según el coste de la vivienda
José Antonio Valbuena, consejero de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial a cuya cartera se adscribe la ACPMN, destacó en la misma comparecencia que "las sanciones por este tipo de infracciones pueden alcanzar los 300 mil euros en aquellos supuestos muy graves". Ahora bien, Fariña matiza para Atlántico Hoy que, en la mayoría de los casos, esta sanción se sitúa en torno a los 100 ó 150 mil euros.
Según explica el director ejecutivo, esto es así porque la multa se pone en función de la inversión que la vivienda ilegal llevase aparejada. "Nos hemos llegado a encontrar chalés con piscina", asegura, indicando que una edificación ilegal de esas características podría alcanzar el máximo sancionable.
Depende de la isla
Sin embargo, no todas estas viviendas son iguales ni tampoco lo es el perfil de sus dueños. Existen factores que diferencian las instalaciones y uno clave es la isla en la que se encuentran. "En la provincia oriental y en Tenerife, por plantear una orografía de más fácil acceso al mar, es común encontrar casetas o caravanas fijas cerca de las costas. No ocurre lo mismo en las Islas Verdes, donde el acceso es mucho más difícil. En estas, a veces encontramos agricultores que tenían un cuarto de aperos y lo han reformado para convertirlo en una segunda residencia, pero la ley no permite su habitabilidad", cuenta Ángel Fariña.
"En costas, la mayoría de casetas tienen un uso económico o de ocio", señala, y continúa añadiendo que casi todas se encuentran cerca de los municipios turísticos de Canarias. En el extremo contrario, la ACPMN se encuentra en muchos casos con infraviviendas en las medianías que responden más bien a una situación de pobreza de sus propietarios. "La parte social es muy sensible", dice Fariña. Cuando la ACPMN se encuentra con casetas, caravanas fijas o incluso viviendas dentro de cuevas en zonas barrancosas, el procedimiento varía.
Más o menos rápido
"Normalmente, los procedimientos comienzan con una investigación y, si se determina que hay una infracción, se da paso a la instrucción. Los tiempos pueden variar dependiendo del caso. Por ejemplo, en costas la ley es clara y se va directamente contra el infractor", dice, y continúa añadiendo que "en medianías solemos dar preferencia a la actuación del ayuntamiento" ya que, cuando se encuentran con familias habitando infraviviendas por cuestiones económicas "se informa inmediatamente al consistorio para que intervengan los servicios sociales".
Respecto a qué ocurre después, Fariña indica que escapa a las competencias de la ACPMN. "El parque de vivienda pública no es grande en Canarias", lamenta, y añade que "la Agencia de Protección del Medio Natural solo se dedica a la parte administrativa. Son los servicios sociales los que atienden a las familias en situación de pobreza".
Concienciar a la población
En cualquier caso, el objetivo del organismo es concienciar a la población sobre la ilegalidad de este tipo de construcciones. "La gente tiene que entender que no solo tendrán que restablecer el terreno donde se instalaron, sino que también hay sanciones que pueden llegar a ser muy cuantiosas y preferimos que los propios inquilinos desmantelen sus instalaciones ilegales antes de tener que comenzar una instrucción", dice Fariña para Atlántico Hoy.
La Ley de 22/1988 de 28 de julio (conocida como Ley de Costas) establece que, en la zona de servidumbre de protección, estarán prohibidas las edificaciones destinadas a residencia o habitación. Asimismo, el Reglamento General de Costas señala que, con carácter ordinario, sólo se permitirán en esta zona las obras, instalaciones y actividades que, por su naturaleza, no puedan tener otra ubicación, como los establecimientos de cultivo marino o las salinas marítimas, o aquellos que presten servicios necesarios o convenientes para el uso del dominio público marítimo terrestre, así como las instalaciones deportivas descubiertas.