Canarias es una de las cinco comunidades con registro de médicos objetores de conciencia del aborto

Junto a Canarias hay otras cuatro comunidades que han seguido la ley: Murcia, Cantabria, La Rioja y Cataluña

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Imagen de una mujer embarazada con un médico en el hospital / AH
Imagen de una mujer embarazada con un médico en el hospital / AH

A veces la ley parece no ser para todo el mundo, aunque —en efecto— lo sea. Hace un año y medio que el Congreso de los Diputados aprobó la modificación de la Ley de salud sexual y reproductiva y de la reproducción voluntaria del embarazo donde se obligaba a las comunidades a establecer el registro de médicos objetores al aborto. 

Canarias ha aprobado esta asignatura —aunque lo ha hecho a regañadientes— junto a otras cuatro comunidades: Murcia, Cantabria, La Rioja y Cataluña

El objetivo del censo 

Los médicos objetores de consciencia sobre la interrupción voluntaria del embarazo son aquellos que muestran su rechazo o la negativa a realizar la intervención de interrupción del embarazo por razones de conciencia individual. 

La creación y desarrollo de este registro tiene como objetivo facilitar al Servicio Canario de la Salud (SCS) la información necesaria para garantizar la adecuada gestión de esta prestación sanitaria, ya que permitirá adecuar los recursos humanos a la correcta programación de las intervenciones de interrupción voluntaria del embarazo, tarea que hasta ahora ha recaído principalmente en los centros privados. 

Con esto se pretendía hacer un varemo entre los recursos existentes —casi inexistentes— y la ausencia de profesionales formados para practicar abordos en los hospitales. Es decir, se centra el tiro en cuantificar el personal pero no se tiene en cuenta la escasez de recursos que existe para  asegurar que las mujeres puedan interrumpir su embarazo en un centro público. 

Elaboración del censo 

En la elaboración del censo, las comunidades pueden elegir entre dos tipos de objeción de conciencia: una completa, en la que se rechazan todas las prácticas, y una a la carta, en la que se pueden oponer en función del tipo de técnica y del tiempo de embarazo. 

Canarias ofrece a los profesionales esta segunda opción, así que pueden elegir si quieren rechazar los abortos que se realicen mediante métodos farmacológicos, los que se practiquen mediante técnicas instrumentales y quirúrgicas o ambos.También pueden escoger entre no practicar los abortos previos a la semana 14 de embarazo, cuando la decisión depende únicamente de la mujer, o entre la 14 y la 22, cuando la resolución está sujeta a que exista un grave riesgo para la vida y la salud de la embarazada. 

Solo cinco comunidades 

Junto a Canarias hay otras cuatro comunidades que han seguido la ley: Murcia, Cantabria, La Rioja y Cataluña. 

El resto se escuda en excusas varias, que trabajan en ello, que les falta un protocolo específico o que prefieren abstenerse a comentarios, el caso es que Canarias, la tiene aunque servir, tal y como indican los profesionales, sirve de poco. 

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