El Cabildo de La Palma y el SCS compartirán listas de reserva de interinos y personal laboral

El convenio entre ambas administraciones tiene una duración de un año, aunque es prorrogable a cuatro

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Oficinas del Servicio Canario de la Salud (SCS) / ARCHIVO
Oficinas del Servicio Canario de la Salud (SCS) / ARCHIVO

El Cabildo de La Palma y el Servicio Canario de la Salud han firmado un convenio para articular la colaboración para el uso compartido, en tanto resulte compatible con sus necesidades y previsiones, de sus listas de reserva para el nombramiento de personal funcionario interino, estatutario temporal o para la contratación de personal laboral temporal.

En este sentido, el Servicio Canario de la Salud pondrá a disposición del Cabildo de La Palma las listas supletorias de la Gerencia de los Servicios Sanitarios del Área de salud de La Palma, excluyéndose expresamente de dicho uso compartido las existentes en dicha Gerencia relativas a la categoría de facultativos (tanto médicos de familia como otros especialistas) y la categoría de enfermería.

Por parte del Cabildo de La Palma, se pondrán a disposición las listas de reserva de empleo temporal, tanto para personal funcionario como laboral.

Supuestos

El uso compartido de las listas de reserva procederá en los casos en que cualquiera de las partes firmantes del convenio carezca de lista de reserva específica para un determinado Cuerpo, Escala y especialidad funcionarial, o se hubiesen agotado, o no hubiese persona aspirante en situación de disponibilidad para su nombramiento en el momento en el que surja la necesidad urgente e inaplazable.

Los trabajadores trasladados a requerimiento de alguna de las administraciones recibirán una comunicación de que dicho cambio se realiza a tenor de este convenio. El nombramiento o contratación efectuado por la Administración solicitante no impedirá que la persona nombrada o contratada sea llamada por la Administración titular de la lista de reserva, cuando por razón del orden de la misma, le corresponda.

Un año prorrogable a cuatro

La no aceptación de un llamamiento o contratación efectuado no comportará la exclusión de la persona de la lista de reserva ni ninguna otra consecuencia jurídica desfavorable.

Este convenio tiene una duración de un año, aunque se podrá prorrogar hasta cuatro si existe acuerdo mutuo entre el cabildo y el SCS.

 

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