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Sociedad

La Audiencia ratifica la condena contra Vithas Santa Catalina por la muerte de una policía nacional

En la nueva sentencia de 17 de abril de 2023, la Audiencia confirma la condena a Vithas Santa Catalina por no haber adoptado las necesarias medidas para el correcto diagnóstico y tratamiento de la hemorragia, activa y abundante que sufría la mujer

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La Audiencia ratifica la condena contra Vithas Santa Catalina por la muerte de una policía nacional. ATLÁNTICO HOY

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha ratificado la condena contra la clínica Vithas Santa Catalina de Las Palmas de Gran Canaria. La clínica privada fue condenada por el Juzgado de Primera Instancia número 16 de Las Palmas de Gran Canaria, por una negligencia grave que acabó con la vida de la joven policía nacionalSonia del Pino Díaz Mendoza, al no aplicarse los protocolos debidos.

En la sentencia se obligaba a la clínica a pagar una indemnización de más de 340.000 euros por una mala praxis que tuvo como resultado la muerte en 2016 de una mujer de 38 años que sufrió una hemorragia de la que no fue atendida tras una cesárea en la que la niña recién nacida sobrevivió.

Hemorragia activa y abundante

Hasta nueve protocolos no fueron respetados en el caso de la fallecida, contó en su día el abogado de la familia, Octavio L Henríquez Portillo, de Henríquez y Carnero abogados, quien aseguró que el jefe de Ginecología y Obstetricia del centro, Sebastián Hernández, que atendió el parto de Sonia, manifestó en el juicio para su "sorpresa" que no están obligados por ley.

En la nueva sentencia de 17 de abril de 2023, a la que ha tenido acceso Atlántico Hoy, la Audiencia Provincial de Las Palmas confirma la condena a la clínica Vithas Santa Catalina por no haber adoptado las necesarias medidas para el correcto diagnóstico y tratamiento de la hemorragia, activa y abundante que sufría Sonia desde que salió de quirófano, pese a los síntomas que presentaba la paciente.

Se incumplieron los protocolos SEGO (Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia) referidos a la hemorragia postparto: “No se siguieron los protocolos de actuación respecto al diagnóstico y valoración de la hemorragia postparto que presentaba Doña Sonia inmediatamente tras la realización de la cesárea que se le practicó lo que abocó finalmente al luctuoso acontecimiento”, detalla la misma.

Tratamiento inadecuado

Los protocolos de actuación no fueron respetados, el tratamiento pautado no fue el adecuado y no se detectó con prontitud y diligencia, teniendo en cuenta la gravedad de la hemorragia, obviándose los síntomas que presentaba la paciente, omitiéndose y dilatándose la prescripción y realización de las pruebas necesarias para detectar y atajar con prontitud el origen de la hemorragia.

“Hubo un funcionamiento anormal y contrario a los protocolos de actuación por parte de los servicios de la entidad demandada, “una falta de comunicación y coordinación entre servicios” y “ un retraso inadmisible en adoptar decisiones críticas que, de haberse implementado en equipo y con la supervisión de un líder, no hubiera ocurrido”, señala la sentencia. 

Además, explica que “la relación de causalidad entre el fallecimiento de la Sra. Díaz Mendoza y el funcionamiento anormal de los servicios de la entidad demandada viene determinada porque el tratamiento asistencial recibido ha incurrido en diversas negligencias médicas”.

Extremar las precauciones

Sobre la existencia del consentimiento informado, alegaba la clínica condenada que la paciente fue informada y era conocedora del riesgo que implicaba una hemorragia post parto e incluso de la posibilidad de fallecimiento por esta causa. A este respecto, señala la Audiencia Provincial que “precisamente la posibilidad de que se produzca obligaba a estar en alerta y extremar las precauciones, tratándose de una posible y grave complicación después del parto activando los protocolos de actuación de forma inmediata cuando aparecieron los primeras señales de alarma de hemorragia grave, poco tiempo después de terminada la cesárea y  su subida a planta. Signos de alarma consistentes en baja tensión, sangrado constante, hipotensión arterial con valores que no superan los 80 mmhg de sistólica, mareos, anuria y palidez. Criterios clínicos que evidenciaban que la paciente estaba sufriendo una hemorragia considerada según el protocolo de la SEGO, de grave, lo que demandaba la activación inmediata de las pruebas necesarias para detectar el origen de la hemorragia.”

El abogado de la familia, Octavio Henríquez Portillo, asegura que existió un comportamiento negligente del personal de la entidad demandada toda vez que Sonia cumplía criterios clínicos de estar sufriendo una hemorragia grave justo después de practicada la cesárea, pero no existió un proceso diagnóstico diferencial, pues desde el principio se aceptó que se trataba de una hemorragia banal, cuando lo cierto es que era de extrema gravedad.

Era una mujer con buena salud

"Después de un procedimiento judicial en el que han participado siete médicos, y después de haberse archivado la causa en la jurisdicción penal, por fin la familia perjudicada podrá ver, de alguna manera, resarcidos los daños que sufren, sin embargo, no hay condena pecuniaria alguna que compense a la menor huérfana y resto de familiares el dolor por la vida perdida", relata Henríquez

La familia relata que hasta la fecha ninguna persona del centro (sea médico o directivo), se ha puesto en contacto con ellos para, simplemente demostrar un mínimo de humanidad por su parte, ofrecer el pésame y su sentimiento de responsabilidad en la pérdida tan drástica que han sufrido.

“Sonia Díaz Mendoza, había decidido ser madre, contaba con una salud fuerte y una buena forma física. Ciertamente entre ir a dar a luz y que una mujer sufra una hemorragia que se complica hasta la muerte, hay demasiada distancia”, concluye Henríquez Portillo.