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Sociedad

La Audiencia ratifica la condena contra el cónsul de Rusia por amenazar y vejar a su expareja

Gonzalo Parada ha sido condenado a seis meses de cárcel y a estar 15 días localizado permanentemente

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El cónsul de Rusia ha sido condenado por dos delitos. / ATLÁNTICO HOY

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha ratificado la condena impuesta por el Juzgado de lo Penal número 5 sobre el actual cónsul de Rusia en Canarias, Gonzalo Parada.

La expareja de Parada, con la que tiene un hijo en común, y representada por el letrado Eduardo López Mendoza, trabajaba en el Consulado de Rusia y es en ese lugar, donde ocurrieron los hechos por los que fue juzgado. 

Hechos probados

Según ha quedado demostrado, “en sucesivas ocasiones entre junio de 2015 a enero de 2018, increpó, injurió y vejó de forma reiterada a la denunciante con ánimo de menoscabar su propia estimación e integridad moral, en la legación consular precitada con las expresiones”.

Además llegó a decirle cosas como que “no vales nada, no eres nadie, eres una puta. Con quién has estado, sigues follando con los hombres o con todo el mundo. Eres puta y follas con todo el mundo sea hombre o mujer”.

Contacto con la policía

“El delito leve de vejaciones también ha quedado acreditado por la declaración de la denunciante corroborada por su hijo. El comportamiento de la víctima que acude a trabajar al consulado donde se encuentra su agresor a pesar de los graves hechos que había denunciado, quedó aclarado por ella misma cuando indicó que estaba en contacto con la policía”, se detalla en la sentencia a la que ha tenido acceso este medio.

“El asesoramiento legal a las víctimas de violencia de género está garantizada legalmente incluso con carácter previo a la denuncia y con relación a que no existe parte de lesiones, debemos recordar que no se condena al acusado por un delito de lesiones y que el incidente del puñetazo no causó lesiones porque la víctima logró esquivarlo”, detalla el escrito cuyo ponente ha sido la magistrada Pilar Parejo.

Cabe recurso

“En definitiva existe prueba de cargo correctamente valorada y suficiente para condenar al acusado por el delito de amenazas y por el delito leve de vejaciones. Y en consecuencia por lo que se refiere a la condena penal el recurso debe ser desestimado”, continúa. 

La sala condena a Gonzalo Parada a seis meses de cárcel y a estar 15 días localizado permanentemente. Sobre esta sentencia existe la posibilidad de interponer un recurso de casación en el plazo de cinco días desde la notificación de la misma.