Blas Trujillo, consejero de Sanidad del Ejecutivo canario, ha informado este jueves de los cambios en las medidas para combatir la pandemia de coronavirus tras la reunión del Consejo de Gobierno.
Así, Gran Canaria, Fuerteventura y Tenerife pasan a nivel 3 de alerta, después de estar en un nivel 2 reforzado desde la semana pasada. Lanzarote y La Graciosa siguen en nivel 2, mientras que La Palma, La Gomera y El Hierro permanecen en el 1.
La actividad deportiva en espacios interiores se permitirá en semáforo rojo, siempre y cuando se respete un 33% de aforo y/o un máximo de cuatro personas (contando al monitor). El uso de mascarilla continuará siendo obligatoria.Asimismo, se adoptan medidas adicionales por Semana Santa.
Medidas extraordinarias para Semana Santa
Por su parte, el Gobierno autonómico ha anunciado que Canarias establece un cierre perimetral a partir del próximo día 26 para viajeros que pretendan llegar desde fuera del Archipiélago (salvo excepciones gubernamentales), día en el que se inicia la Semana Santa. De igual modo, exige prueba diagnóstica negativa para moverse entre islas.
También se circunscribe las reuniones en ámbito privado a aquellas personas que sean convivientes.
A continuación se detallan las medidas adoptadas:MOVILIDADSe establece la limitación de movilidad entre islas salvo para las excepciones marcadas en el Real Decreto-ley 926/2020, de 25 de octubre, entre las que se incluye la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios, el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales, y el retorno al lugar de residencia habitual o familiar, entre otros.Se podrá viajar entre islas fuera de esos supuestos siempre que se presente una prueba de diagnóstico activo (PDIA) negativa.A esta restricción de la movilidad se añade la limitación del número de personas que podrán reunirse en espacios públicos, cerrados o al aire libre, de hasta un máximo de 4, siempre que no sean convivientes en los niveles 1, 2 y 3, y un máximo de 2 en el nivel 4 mientras que en los espacios privados solo se permitirá la reunión de convivientes.Respecto a la limitación de la libertad de circulación en horario nocturno, en las islas en nivel de alerta 1 será desde las 23:00 a las 6:00 horas, y en el resto de niveles, entre las 22:00 y las 6:00 horas.Durante el periodo de vigencia de las medidas temporales por la Semana Santa, estará restringida la entrada de personas al territorio de Canarias en los términos del acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud del pasado miércoles día 10.HOSTELERÍA, RESTAURACIÓN, TERRAZAS, BARES Y CAFETERÍASAdemás de las medidas generales establecidas en el acuerdo de Gobierno para cada nivel de alerta, entre el 26 de marzo y el 10 de abril, en los establecimientos y actividades de hostelería, restauración y terrazas, así como en los bares y restaurantes de playas, se adoptarán las siguientes medidas, en todos los niveles de alerta:-Garantizar la correcta ventilación y renovación del aire de los espacios interiores.-Distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas o grupos de mesas.-Mesas acordes al número de personas que la ocupan, procurando una disposición de las sillas en las que los comensales estén cara a cara y que permita el mayor distanciamiento interpersonal posible.-Queda prohibido el consumo fuera de la mesa o del espacio en barra asignado a cada cliente.-Queda prohibido el servicio de bebidas alcohólicas a clientes que no ocupen una mesa o espacio en barra previamente asignado.-No se permite fumar en las terrazas u otros espacios al aire libre dependientes del local o establecimiento. Queda prohibido el consumo de tabaco u otros dispositivos de inhalación en un perímetro de al menos 5 metros respecto a los accesos a establecimientos en los que está prohibido fumar.-Los clientes deben permanecer todo el tiempo sentados a la mesa limitando los desplazamientos en el establecimiento a lo estrictamente necesario.-Debe hacerse uso obligatorio de la mascarilla permanentemente, excepto en el momento de la ingesta de alimentos o bebidas.-Quedan prohibidas las actividades que propicien las aglomeraciones, no mantener la distancia de seguridad interpersonal o un uso incorrecto de mascarillas, tales como la celebración de fiestas, bailes, karaokes, concursos, conciertos o música ambiental que inviten a bailar o cantar.-Los titulares de los establecimientos son responsables de adoptar todas las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos de propagación de la enfermedad COVID-19.