Sanidad activará el 1 de diciembre el cribado de pasajeros nacionales que entren en las Islas

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Foto del Consejo de Gobierno de este jueves donde se debatió la medida de Sanidad./ Gobierno de Canarias.
Foto del Consejo de Gobierno de este jueves donde se debatió la medida de Sanidad./ Gobierno de Canarias.

El Consejo de Gobierno abordó hoy la Orden del consejero de Sanidad de realización de cribados a los viajeros nacionales que lleguen por vía aérea o marítima a las islas a partir del día 1 de diciembre. El objetivo de la medida acordada es contener la transmisión del SARS-CoV-2 en términos similares a la vigente entre diciembre de 2020 y septiembre de 2021.

Así, aquellas personas que lleguen a Canarias desde otra comunidad autónoma española deberán presentar el certificado vacunal contra la COVID-19, una prueba diagnóstica de infección activa negativa o el certificado de haber pasado la enfermedad con menos de seis meses de antelación a la fecha del desplazamiento. Esta medida, que se  mantuvo vigente entre el 18 de diciembre y el 30 de septiembre, constituye una herramienta necesaria para continuar con el control y contención de casos importados de coronavirus en viajeros procedentes de otros puntos del territorio nacional y mientras se acelera el ritmo de vacunación contra la COVID-19.

Las condiciones recogidas en la norma se asimilan a las vigentes para el cribado internacional de modo que contempla la exclusión de la realización de cribados mediante pruebas diagnósticas de infección activa (PDIA) a los pasajeros menores de 12 años que entren en Canarias procedentes del resto del territorio nacional, por vía aérea o marítima, para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

Para el resto de población de 12 años ya cumplidos o más continuará vigente la normativa que obliga a presentar certificado vacunal contra la COVID-19 o bien a someterse a la realización de una Prueba Diagnóstica de Infección Activa (PDIA) para SARS-CoV-2 con resultado negativo, realizada en las 72 horas previas a la llegada a Canarias.

Supuestos de exclusión de realización de la PDIA

No se exigirá la presentación de PDIA negativa en el momento de la entrada a Canarias en los siguientes casos, además de a los menores de 12 años:

-Personas que acrediten estar vacunadas contra la COVID-19 con la pauta completa de vacunación.

-Personas que hayan pasado la enfermedad con menos de 6 meses de antelación a la fecha del desplazamiento.

-Personas en tránsito a través del territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, es decir, aquellas que hagan escala en Canarias cuyo destino final sea otro país u otro lugar del territorio nacional.

-Personas que acrediten haber estado fuera de la Comunidad Autónoma de Canarias por un plazo inferior a 72 horas previas a la llegada, con independencia de su lugar de residencia.

El certificado de vacunación y de recuperación de la COVID-19 se puede obtener en la aplicación www.micertificadocovid.com o bien accediendo a miSCS, dentro del espacio web miHistoria.

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