El Comisionado de Transparencia crea un canal de denuncias sobre infracciones normativas

Se trata de un canal preferente para informar de las infracciones, siempre que la persona informante considere que no hay riesgo de represalia y se pueda tratar de manera efectiva la infracción

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El comisionado de Transparencia de Canarias, Daniel Cerdán. / ARCHIVO
El comisionado de Transparencia de Canarias, Daniel Cerdán. / ARCHIVO

El Comisionado de Transparencia de Canarias ha abierto un canal para denunciar las infracciones normativas o relativas a la lucha contra la corrupción, y que se une al que hay para presentar denuncias por incumplimientos informativos de los portales de transparencia.

En un comunicado, el Comisionado de Transparencia ha informado de que se trata de un canal preferente para informar de las infracciones, siempre que la persona informante considere que no hay riesgo de represalia y se pueda tratar de manera efectiva la infracción. Este sistema interno de información permite la presentación de informaciones con carácter anónimo si así lo desea la persona informante.

La gestión y los procedimientos del sistema interno de información, así como la configuración del canal interno de información, que facilite la comunicación entre la institución y las personas informantes, se llevarán a cabo preferentemente a través de un programa específico accesible a través de la página web del Comisionado.

Formato electrónico

Por otro lado, la presentación de informaciones será preferentemente en formato electrónico, pero también se contempla que la información pueda ser presentada verbalmente mediante telefonía o reuniones presenciales.

En este último caso, previo consentimiento de la persona informante, se transcribirá la conversación, de forma completa, exacta y duradera, y se ofrecerá, mediante audiencia a la persona informante, la oportunidad de comprobar, rectificar y aceptar con su firma las manifestaciones, sin perjuicio de los derechos que le correspondan de acuerdo a la normativa sobre protección de datos.

Con respecto a las personas afectadas por la información comunicada, la resolución contempla que estas tienen derecho a la presunción de inocencia y al honor, a la confidencialidad, a ser informadas de la información presentada, a formular alegaciones y aportar información o documentos en relación con los hechos comunicados.

También tienen derechos a ser informadas del tratamiento de sus datos personales y a que no se emitan ni se trasladen a terceras personas conclusiones o recomendaciones que contengan referencias nominales sin que hayan finalizado las actuaciones de comprobación y sin haber tenido oportunidad real de conocer los hechos comunicados y de dejar constancia de su opinión, y a tener acceso al expediente, salvaguardando siempre la confidencialidad de la persona informante. 

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