El Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias ha creado un sistema interno para la recepción y gestión de las informaciones sobre acciones u omisiones que puedan constituir determinadas infracciones del Derecho de la Unión Europea. Dicho de otro modo, un mecanismo para poder denunciar internamente irregularidades dentro del propio comisionado sin miedo a ser represaliado.
La necesidad de este sistema viene marcada desde la propia Unión Europea, que exige que se creen cauces en determinadas administraciones "de relevancia estatutaria" -entre las que está el Comisionado de Transparencia- para que quienes trabajen en ellas puedan informar de las irregularidades o infracciones penales o administrativas graves o muy graves cometidas; y su identidad y datos personales queden salvaguardados.
¿Quién puede usarlo?
Podrán utilizarlo las personas informantes que hayan obtenido información sobre alguna acción u omisión en un contexto laboral o profesional con el Comisionado, incluyendo a quienes trabajen o hayan trabajado en él -incluyendo becarios-, las personas aspirantes que hayan obtenido información de tales posibles infracciones durante un proceso de selección o quienes intervengan en un proceso de negociación precontractual realizado por el Comisionado y las personas que trabajen para o bajo la supervisión y dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores del Comisionado, sus titulares autónomos o personas pertenecientes a sus órganos de administración, dirección o supervisión, que hayan obtenido información sobre acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción.
También estarán protegidas las personas que asesoren a los informantes y terceros que pudieran sufrir represalias por su relación con la persona informante y, específicamente, sus colegas de trabajo y familiares.
Los datos serán tratados por personas autorizadas
Las informaciones sólo podrán ser gestionadas por personas autorizadas. Si algún trabajador del Comisionado de Transparencia recibiese una información sin estar autorizado para su gestión, deberá trasladarla inmediatamente a quien sí lo esté y obligado a mantener la confidencialidad del informante.
La confidencialidad aplica a todos los datos conocidos por este canal, incluyendo la identidad de las terceras personas afectadas, de testigos o de cualquier dato consignado en la información presentada. En cualquier caso, la identidad del informante sí podrá ser remitida a la justicia en caso de ser requerida para una investigación, aunque también existe la opción de realizar informaciones anónimas.
Se castigarán informaciones falsas
El Comisionado de Transparencia también ha informado a las personas informantes de que tienen "el deber de abstenerse de formular comunicaciones fundamentadas en meras opiniones, mala fe o abuso de derecho". En caso contrario, puede incurrir en responsabilidad civil, penal y administrativa.
"No se admitirán, y se exceptúan en todo caso de la obligación de comprobar los hechos, los casos de informaciones que resulten carentes de fundamento o notoriamente falsas o tergiversadas, o que hubieran sido obtenidas mediante medios ilícitos", añade.
La normativa respecto a este sistema interno ha entrado en vigor este viernes 30 de junio con su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.