El 28 de enero 1991, comenzó a funcionar la Ley de Estadística de la Comunidad Autónoma de Canarias, que regula la actividad estadística de interés en el Archipiélago. Aquella ley, en su artículo número 40, hacía mención al Consejo de Estadística de Canarias como un órgano consultivo de coordinación y cooperación de la actividad estadística que sirviese para asesorar a las administraciones y entidades competentes en la materia, como el Instituto Canario de Estadística (ISTAC).
Aunque la previsión estaba ahí, ese Consejo nunca fue creado. Este lunes, 33 años después, la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea ha aprobado oficialmente su fundación, tras publicar el decreto de creación en el Boletín Oficial de Canarias.
Funciones
Las principales funciones de este órgano serán elaborar un informe preceptivo y no vinculante sobre el proyecto del Plan Estadístico de Canarias con anterioridad a su elevación al Gobierno de Canarias; y realizar propuestas y recomendaciones en materia estadística.
Estas propuestas y recomendaciones contemplan ocho escenarios:
- Las necesidades canarias en materia estadística y la adaptación y mejora de los medios existentes.
- El interés público de las estadísticas elaboradas por otras entidades no incluidas en el plan estadístico.
- El diseño, ejecución y evaluación de los programas estadísticos anuales.
- La colaboración de las Administraciones Públicas en la cesión de datos para fines estadísticos.
- La situación de la estadística en Canarias en relación con la del resto del Estado y con la de la Unión Europea y el análisis de sus necesidades.
- Estrategia de datos del Sistema Estadístico de Canarias, a través del proyecto del Plan Estadístico de Canarias.
- Fomentar e impulsar instrumentos de participación ciudadana que den apoyo a sus funciones.
- El resto de asuntos en materia de estadística que someta a su consideración el Gobierno de Canarias
Informes y consultas
Asimismo, el Consejo de Estadística de Canarias podrá dirigirse a las diferentes unidades del Sistema Estadístico Canario y recabar de estas los informes que estime necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
Además, las administraciones o ciudadanos podrán formular consultas al Consejo de Estadística de Canarias, en la misma forma que las propuestas y recomendaciones, y serán resueltas mediante informe.