La capital grancanaria revisa la ordenanza del impuesto de vehículos en favor de la sostenibilidad

La actualización conlleva la supresión, de aplicación progresiva, de la bonificación del 100% en la cuota del impuesto para los vehículos con una antigüedad mínima de 25 años contados a partir de su matriculación

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Coches circulando por Las Palmas de Gran Canaria / ATLÁNTICO HOY - MARCOS MORENO
Coches circulando por Las Palmas de Gran Canaria / ATLÁNTICO HOY - MARCOS MORENO

El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha aprobado, de manera definitiva, la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) para mejorar las condiciones medioambientales de la ciudad, promoviendo la descarbonización y la movilidad sostenible.

La actualización de la ordenanza conlleva la supresión, de aplicación progresiva, de la bonificación del 100% en la cuota del impuesto para los vehículos con una antigüedad mínima de 25 años contados a partir de su matriculación, pero mantiene ese incentivo fiscal del 100 % para los vehículos que hayan sido declarados históricos y aquellos de más de 40 años.

Avanzar en sostenibilidad

El coordinador general de Hacienda, Contratación y Patrimonio, David Gómez, ha señalado que esta medida tiene el objetivo de avanzar en sostenibilidad  a través de la reducción de las emisiones contaminantes de CO2 en la capital grancanaria y ha indicado que “no se trata de una medida recaudatoria, sino medioambiental”.

La modificación de la ordenanza contempla una bonificación del 100% de la cuota del IVTM a los vehículos que hayan sido declarados por la Dirección General de Tráfico (DGT) como históricos, es decir, los que tienen un interés especial porque han sido declarados bienes de interés cultural o vehículos de colección que por una singularidad especial o que por su escasez merezcan la consideración de históricos.

Bonificación del 100%

Asimismo, la ordenanza mantiene, asimismo, la bonificación del 100% para los automóviles clásicos que tengan una antigüedad superior a los 40 años desde su fecha de matriculación dado su uso esporádico y que, además, supone solo un 5% del parque móvil que hay en la ciudad.

La ordenanza también contempla una bonificación de la cuota del IVTM del 75% a aquellos vehículos eléctricos, híbridos o que utilicen como combustible el autogás con el objetivo de reducir las emisiones contaminantes a la atmósfera para cumplir con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) incluidos en la Agenda 2030 de la ONU y con los objetivos y compromisos adquiridos por el Grupo de Gobierno para mejorar en materia medioambiental.

Movilidad sostenible

Con esta medida, el Consistorio quiere fomentar y potenciar una movilidad más sostenible de la ciudadanía capitalina coincidiendo con otras actuaciones como las zonas de bajas emisiones, el fomento del transporte público y la Metroguagua y el despliegue completo de los carriles bici y de vehículos de movilidad personal (bicicletas, patinetas y los servicios públicos de Sitycletas y Sitynetas).

En este sentido, el objetivo número 7 de Energía Sostenible y no Contaminante que hace referencia a “garantizar el acceso a una energía asequible, segura, sostenible y moderna” y el número 13 de ‘Acción por el Clima’ que establece “la adopción de medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus efectos” son dos de las metas principales que versan sobre el medioambiente.

Impuesto a los contribuyentes

Otro de los beneficios que se incluye en la cuota del IVTM es una bonificación del 5% en la cuota del impuesto a los contribuyentes que domicilien o anticipen total o parcialmente el pago, un beneficio que será compatible con la aplicación de otras bonificaciones sobre el mismo vehículo.

La modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del IVTM contempla, además, otras modificaciones para mejorar y clarificar aspectos de la gestión tributaria municipal.

En ellas se incluyen tres disposiciones: una transitoria que recoge la citada aplicación progresiva de la supresión del mencionado beneficio fiscal, una adicional para que ante futuras modificaciones legales estas queden automáticamente incorporadas sin necesidad de modificar la ordenanza y una disposición final relativa a la entrada en vigor, fijada a partir del 1 de enero de 2024, de la modificación que se propone.

Aplicación gradual

Para que la supresión de este beneficio fiscal para los vehículos de más de 25 años tenga un menor impacto fiscal en los contribuyentes, se establece un sistema de eliminación gradual hasta 2027 que se regula en una disposición transitoria.

A los ciudadanos y ciudadanas que hasta el 31 de diciembre de 2023 tengan la bonificación del 100 % en la cuota del IVTM, en 2024 se les concederá de oficio una bonificación del 75 %, en 2025, del 50 %; en 2026, del 25 %, quedando suprimida la bonificación el 1 de enero de 2027.