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Las Palmas

Darias busca el diálogo con los hosteleros de Joaquín Costa tras la derrota judicial

La alcaldesa de Las Palmas de Gran Canaria incide en la constitución de una mesa del ocio para tratar de llegar a "buen puerto" entre todos los agentes implicados

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La alcaldesa Carolina Darias busca el diálogo con el sector del ocio / MONTAJE AH

La alcaldesa de Las Palmas de Gran Canaria, Carolina Darias, ha asegurado este lunes que su gobierno quiere intentar que el diálogo con todos los sectores del ocio de la ciudad "llegue a buen puerto para evitar el fracaso de la judicialización".

Así lo ha manifestado a EFE antes de disertar sobre el Plan Estratégico del Ciclo Integral del Agua 2024-2033 de la ciudad en un encuentro informativo organizado por la Cadena Ser al ser preguntada por la suspensión judicial de la resolución del Ayuntamiento que establecía una limitación horaria en las terrazas de varias calles del barrio de Guanarteme debido a que no se sometió a información pública ni se escucharon las alegaciones de las partes afectadas.

Mesa del ocio

La regidora ha dicho que los servicios jurídicos del Consistorio y el área de Urbanismo valorarán esta resolución, acordada por la titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Las Palmas de Gran Canaria, Esperanza Ramírez, para determinar "cómo actuar en el ámbito judicial". No obstate, y sin perjuicio del acatamiento de las resoluciones judiciales, Darias ha considerado que este tipo de asuntos "hay que sacarlos de este ámbito".

"El diálogo tiene que imponerse porque la judicialización es el fracaso, hemos constituido una mesa del ocio para intentar reunir a todas las partes en sectores concretos de la ciudad, a ver qué podemos avanzar, al menos lo vamos a intentar, a ver si podemos llegar a buen puerto", ha referido.

Limitación horaria

El fallo del citado juzgado de la capital grancanaria estima el recurso presentado por varios establecimientos comerciales de la calle Joaquín Costa de la ciudad y declara la nulidad de la resolución del Consistorio, debiendo retrotraerse las actuaciones para que los demandantes tengan posibilidad de "formular las alegaciones que consideren en relación con el plan de ruidos y el alcance de las medidas a adoptar".

En diciembre de 2022, el Ayuntamiento dictó una resolución que, en base al recientemente elaborado mapa de ruidos de la calle Isla de Cuba y la plaza de los Betancores, establecía una limitación horaria en el funcionamiento de las instalaciones de mesas, sillas u ocupación con terrazas de la vía pública, autorizadas mediante las correspondientes licencias de ocupación del dominio público municipal. En concreto para los locales ubicados en las calles Joaquín Costa (entre calle Lucas Navarro y Fernando Guanarteme), Fernando Guanarteme (plaza de Los Betancores) y Los Martínez de Escobar.

En base a dicha limitación horaria, los establecimientos debían operar únicamente en horario de 08:00 a 22:00 horas, todos los días sin excepción, disponiendo de 30 minutos más para desalojo y limpieza (hasta las 22:30 horas), en lugar del derecho que tenían hasta ese momento (de domingo a lunes hasta las 00:00 horas y los viernes, sábados y vísperas de festivo hasta la 01:00 horas).

Demanda de los establecimientos

Tres establecimientos demandaron al entender que, como parte interesada, tenían derecho en base a la normativa a "formular alegaciones y utilizar los medios de defensa admitidos por el ordenamiento jurídico y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que deberán ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución".

Pese a ello, afirman, el Ayuntamiento nunca les notificó la incoación del expediente, ni se les dio trámite de audiencia, ni se sometió a información pública la aprobación del mapa del ruido ni la resolución tomada como consecuencia del documento.

Triunfo judicial

La jueza estima los argumentos planteados por los demandantes al considerar que la corporación municipal "ha omitido tanto el trámite de información previa en la aprobación del Plan de Ruidos, como el trámite de audiencia previa a la resolución, que con base en lo propuesto en aquel, limita el horario de las terrazas de los demandantes".

Y determina que los argumentos alegados por la administración, que justifica su decisión en sentencias judiciales que establecían la obligación del Ayuntamiento de disponer medidas correctoras de los niveles de ruido en la zona, no son óbice para que se adopten resoluciones que limitan los derechos de terceros.