El proceso de selección de chóferes para Guaguas Municipales, a juicio por discriminación

La compañía pública ha preferido no hacer declaraciones al tratarse de un asunto judicializado. “La empresa dio sus explicaciones en el juicio al igual que la parte demandante”, afirman las fuentes consultadas por Atlántico Hoy

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Guaguas Municipales en el parque de Santa Catalina / GUAGUAS MUNICIPALES
Guaguas Municipales en el parque de Santa Catalina / GUAGUAS MUNICIPALES

El Juzgado nº 11 de lo Social en Las Palmas de Gran Canaria acogió este jueves el juicio por una demanda interpuesta por 45 aspirantes a la bolsa de empleo para ser chófer en Guaguas Municipales –empresa pública que cubre el servicio urbano de transporte público en la capital– por presunta discriminación en el proceso de selección. Acusan a la compañía de no querer adaptar, entre otras cuestiones, el puesto de trabajo a personas con discapacidad o dejar fuera a quienes padezcan cáncer.

Las personas que han decidido ir a la justicia postularon para el procedimiento del pasado mes de febrero para entrar en una lista de reserva que los permita trabajar en momentos donde sea necesario un refuerzo o cubrir bajas. En la denuncia, a la que ha tenido acceso Atlántico Hoy, se amparan en el artículo 14 de la Constitución, donde se recoge que no se puede discriminar a nadie.

Limitar a los aspirantes

Con el objetivo de demostrar que lo que exponen es cierto, cuentan que el requisito 4.1.7.ii es que la persona aspirante está capacitada para realizar las tareas propias de conductor sin que resulte necesario adaptar el puesto de trabajo, mediante certificado expedido por el citado organismo. No les parece apropiado porque, dicen, una persona con una discapacidad igual o superior al 33% que reúne todo lo necesario para conducir una guagua se ve limitada a la hora de acceder.

“A modo de ejemplo, es como si una universidad estableciera un cupo de ingreso preferente para aquellos alumnos con algún problema de autonomía personal (por ejemplo, ir en sillas de ruedas) y después se negara a realizar las obras de una rampa para que pudiesen acceder a las aulas”, señala el documento.

Una persona esperando la guagua de la línea 33 / GUAGUAS MUNICIPALES
Una persona esperando la guagua de la línea 33 / GUAGUAS MUNICIPALES

"Discriminatorio e incongruente"

“Es además totalmente discriminatorio e incongruente que un discapacitado que teniendo el permiso de conducir “D” y el mínimo de 10 puntos en su carnet de conducir, no pueda ser contratado porque la empresa pública no esté dispuesta a adaptar el cuadro de mandos o el habitáculo del conductor en una guagua que puede costar cientos de miles de euros”, continúa.

Atlántico Hoy se ha puesto en contacto con Guaguas Municipales para conocer su versión, pero las fuentes consultadas han preferido no hacer declaraciones al tratarse de un asunto judicializado. “La empresa dio sus explicaciones en el juicio al igual que la parte demandante”, afirman.

Línea 33 de Guaguas Municipales que va del Puerto al Guiniguada / AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Línea 33 de Guaguas Municipales que va del Puerto al Guiniguada / AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Trabajadores despedidos

Otro de los requisitos, según relata la demanda, era no haber sido trabajador de la compañía despedido por motivo disciplinario. “Excepto el caso de inhabilitación absoluta para empleo por resolución judicial, no es legal el impedir a cualquier ciudadano acceder a un empleo en una empresa pública por el hecho de haber -en el pasado- sido despedido o separado de cualquier empresa, ya que no solamente atenta contra el Derecho al Trabajo, sino también contra el Derecho a la Reinserción Social”, esgrimen los denunciantes.

Tampoco les parece bien el punto de aptitud física, una prueba que consiste en recorrer la mayor distancia posible en 12 minutos a una velocidad constante. “Es imposible que una persona pueda recorrer cualquier distancia en un determinado tiempo a una velocidad “constante”, dado que siempre habrá una variación en la velocidad al menos que seamos un vehículo”, recoge el texto.

Aspirantes con cáncer

Además, los demandantes consideran que existe un trato desigual al personal que haya pertenecido a cualquier cuerpo policial, porque no se le reconoce los mismos méritos que a quienes hayan estado en el ejército. Se trata de una situación que definen como “inexplicable e incomprensible”. 

Sobre el reconocimiento médico apuntan que les parece correcta su realización, pero no que se descarte a los candidatos que padecen cáncer. “Dada la variedad de trastornos oncológicos, podemos encontrarnos con estadios en los que el aspirante-paciente tenga capacidad de conducir o que el paciente se encuentre totalmente asintomático y sea capaz de realizar un trabajo y las actividades normales de la vida diaria”, dicen. 

La altura

“Es por ello, que la propia DGT da gran importancia en su propia normativa a la realización de una valoración individualizada de cada caso, en la que se han de tener en cuenta el informe del oncólogo”, agregan en la denuncia.

Destacan que la altura es otra razón de presunta discriminación en el proceso porque no serán aceptados los aspirantes que superen los dos metros o estén por debajo de 1,58 metros. “Tenemos que rechazar estas limitaciones porque consideramos (tal y como hemos manifestado en este mismo ordinal) que la demandada no puede establecer unos requisitos más restrictivos que los que exige la Dirección General de Tráfico a la hora de otorgar el permiso D”, argumentan.

Señalan que en el cuadro de exclusiones se establece que serán rechazadas aquellas personas aspirantes que den positivo, en una analítica de orina, en Benzodiazepina. Comentan que esta sustancia se puede encontrar en fármacos cuya finalidad es la de evitar una posible crisis convulsiva en un epiléptico o en una persona al que el odontólogo le haya extraído un molar.

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