El ayuntamiento vuelve a rechazar las denuncias de tres vecinos de Ruiz de Alda por ruidos excesivos

Una inspección municipal constató que no había evidencia suficiente de aglomeraciones, niveles excesivos de ruido o situaciones de inseguridad continuas

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Terrazas en la calle Ruiz de Alda. / AH
Terrazas en la calle Ruiz de Alda. / AH

El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha desestimado el recurso de reposición interpuesto por tres vecinos, en representación de la Comunidad de Propietarios del Edificio Arriaga, contra una resolución previa que rechazaba sus denuncias sobre las actividades de varios locales de restauración en la calle Ruiz de Alda.

La denuncia inicial alegaba incumplimiento de la normativa reguladora de actividades molestas debido a ruidos excesivos, falta de elementos de amortiguación en las terrazas, y riesgos de incendio por la presencia de bombonas de gas en los locales de restauración, entre otros problemas. Además, los denunciantes solicitaron la reducción del horario de las terrazas y la señalización adecuada del suelo público para evitar obstrucciones al tránsito peatonal.

Inspección

Tras una inspección realizada por el Servicio de Protección del Paisaje, el consistorio capitalino constató que no había evidencia suficiente de aglomeraciones, niveles excesivos de ruido o situaciones de inseguridad continuas. Los informes de la inspección no observaron problemas significativos que justificaran las denuncias de los vecinos. Sin embargo, se identificaron infracciones relacionadas con la modificación del emplazamiento, exceso en la ocupación de suelo público y la instalación de terrazas sin autorización, lo que llevó a la apertura de expedientes correspondientes para esos casos específicos.

La Directora General de Edificación y Actividades resolvió desestimar el recurso de reposición presentado el 3 de mayo de 2024 por los denunciantes. La resolución confirma que los hechos relevantes fueron debidamente verificados por los funcionarios encargados, cuyos informes poseen valor probatorio y presunción de veracidad, conforme a la legislación vigente. Además, se estableció que no corresponde a la Administración realizar visitas de inspección a cada uno de los domicilios denunciantes, siendo responsabilidad de los reclamantes aportar pruebas suficientes de sus alegaciones.

Recurso

Los vecinos afectados tienen ahora la opción de interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas en un plazo de dos meses, si consideran oportuno defender sus derechos por otras vías legales.