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La Laguna

La Laguna ignora tres informes municipales que permiten a Mémora cruzar en coche la plaza del Cristo

Distintas áreas del ayuntamiento reconocen que no existe ningún impedimento legal para concederle el vado a la empresa de servicios fúnebres

4 minutos

Imagen de un coche fúnebre en la plaza del Cristo de La Laguna /

Mémora, empresa de servicios funerarios que gestiona el velatorio de la Esclavitud del Santísimo Cristo de La Laguna en la plaza de San Francisco, popularmente conocida como plaza del Cristo, va con todo para lograr que se le conceda el derecho a transitar por la plaza con sus coches fúnebres.

Como ya adelantó Atlántico Hoy este viernes, la empresa ha presentado un recurso contencioso-administrativo contra el consistorio por haberle denegado la licencia de vado para poder llegar hasta sus instalaciones en vehículos a motor, atravesando el empedrado de la plaza. Ahora, este medio ha tenido acceso a tres informes clave del propio ayuntamiento que avalan el derecho de Mémora a que se le conceda dicha licencia.

Contexto

La lucha entre el consistorio, la empresa y los vecinos de la zona viene desde que se inauguró el velatorio en 2023. Los vecinos se oponen al uso del espacio para esta actividad y han denunciado en reiteradas ocasiones que los coches de Mémora atraviesen la plaza sin autorización. El consistorio ha respaldado a los vecinos y ha denegado dicha licencia, provocando que Mémora tenga que introducir los ataudes en el velatorio a mano.

Velatorio de Mémora en la plaza del Cristo de La Laguna./ CEDIDA

Pero la empresa se ha cansado y, después de ver estos informes, ha llevado al consistorio a los tribunales. El primero de ellos, fechado a 9 de octubre de 2023, es una diligencia emitida por el Servicio de Gestión del Casco Histórico dirigida al Área de Obras e Infraestructuras, que solició un informe de viavilidad de la solicitud de Mémora para que se le otorgase un vado.

"Es viable"

Este documento refleja claramente que, si bien la plaza "se encuentra incluida en el ámbito del Conjunto Histórico de La Laguna y está declarada Bien de Interés Cultural", subcategorizada como "espacio libre público", "no se encuentra dentro de las zonas peatonales y de tráfico restringido" establecidas en el artículo 163 de la Ordenanza del Plan Especial de Protección, que regula los espacios protegidos del tráfico rodado en Aguere.

"Considerando lo expuesto, se informa que el paso de vehículos a través de la plaza con origen y destino en la edificación destinada al velatorio anexa al santuario el Santísimo Cristo de La Laguna es viable atendiendo a las determinaciones del vigente Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico", declara el informe.

Propuesta adecuada de Mémora

Añade que "a los efectos de que el tránsito rodado de los vehículos sea lo más restringido posible y pueda ser compatible con otros usos que desarrollan en la actualidad o en el futuro en dicho espacio, se considera adecuada la propuesta presentada en su día por la entidad titular del velatorio [Mémora] (...). Sin perjuicio de ello, se somete al criterio de otras áreas municipales del establecimiento de restricciones en cuanto a franjas horarias permitidas o imposibilidad de transitar con vehículos en fechas señaladas o venciendo con eventos puntuales".

Imagen de un coche fúnebre en la plaza del Cristo de La Laguna. / AH

Tras la emisión de este informe, el Área de Obras e Infraestructuras elaboró otra diligencia que envió al Área de Seguridad Ciudadana el día 21 de noviembre de 2023 que confirmaba lo expuesto por el Servicio de Gestión del Casco Histórico, citando textualmente la conclusión referida en el párrafo anterior.

Servicio esencial de interés general

Cuatro meses más tarde, el 12 de marzo de 2024, el Área de Seguridad Ciudadana emitió un escrito analizando un escrito de alegaciones interpuesto por Mémora en relación a la concesión de licencia de vado en la plaza. En ese escrito, firmado por técnicos y dirigido a la concejal responsable del área, se insta a la susodicha a "estimar las alegaciones presentadas por la entidad mercantil Mémora (...) al realizar una actividad que se considera legalmente un servicio esencial de interés general (servicios de sanidad mortuoria), y en consecuencia continuar con la tramitación administrativa del expediente".

No obstante, el documento señala que "si por el contrario, el órgano competente determina desestimar las alegaciones, por prevalecer un interés general por encima del interés individual de los propietarios del inmueble en la obtención de su licencia de vado, se indica que deberá emitir propuesta de denegación la solicitud de concesión de licencia de vado, al objeto de continuar con la tramitación del expediente, y no provocar la indefensión del interesado".

¿Discrecional o arbitrario?

Este último apunte viene a colación de una reflexión sobre la discrecionalidad del ayuntamiento a la hora de otorgar licencias de vado. Tal y como recoge el informe, "conviene recordar que la concesión de vado se enmarca en el ejercicio de una facultad discrecional que tiene como finalidad regular la excepcionalidad del uso normal especial de los bienes de dominio público que representan estas autorizaciones (...), tal y como ha señalado el TSJ Canarias (...), señalando que: 'haya sometida el derecho constitucional a la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos, de tal manera que la negación de tal autorización deberá justificarse razonadamente, lo que constituye la línea decisoria entre lo discrecional y lo arbitrario".

En resumen, tras meses esperando recibir permiso para acceder al velatorio por la plaza, Mémora ha decidido llevar a los tribunales al Ayuntamiento de La Laguna para tratar de demostrar que esta denegación de la licencia de vado corresponde a una decisión arbitraria. El consistorio, por contra, tendrá que justificar razonadamente cuál es el interés general que lo habilita para no otorgar mencionada licencia, habida cuenta de que existen tres informes que avalan las pretensiones de la empresa funeraria.