La Comisión Ambiental de Evaluación Ambiental de Canarias (CAEA) ha cuestionado que una modificación del Catálogo de Protección del Plan Especial de Protección que plantea el Ayuntamiento de La Laguna podría afectar a la “conservación y protección de los elementos patrimoniales” de varias casas situadas en el centro de la ciudad. El consistorio propone que hasta 69 inmuebles edificados con la característica estructura y forma del siglo XIX en las islas puedan aumentar sus plantas de una hasta tres, lo que se ha cuestionado por la forma planteada.
La intención del ayuntamiento es ampliar el Catálogo de Protección del Plan Especial de Protección e incluir a estas viviendas en él. Se trata de viviendas de una planta, la mayoría con la cubierta de tejas y localizadas en el centro de La Laguna, por lo que nada cabría dudar de la importancia de estas, que guardan el mismo estilo que otras ya incluidas en él. El cuestionamiento de la comisión surge porque la vía para esta inclusión, que incluye el aumento de plantas, sin analizar de forma individual.
La duda en la forma
El consistorio ha promovido esta modificación a través de un procedimiento de evaluación ambiental simplificado, lo que ha sido rechazado por la Comisión Ambiental que relega a la modificación a una evaluación ambiental estratégica ordinaria, es decir, que obliga a realizar un estudio de impacto ambiental. Esto implica que se deberá analizar de forma más meticulosa y con un enfoque medioambiental y cultural las afecciones que tendrá la modificación.
Ya la propia resolución marca una serie de parámetros al Ayuntamiento de La Laguna que deberán incluirse en el texto. Obliga a tratar con mayor detalle los aspectos ambientales de la modificación, con análisis del patrimonio cultural, el paisaje y la vegetación afectada. Además, entre otras demandas obliga a analizar el estado actual del entorno en el que se ubican los inmuebles propuestos para incluir en el catálogo.
Sin conocer las afeciones
Estas solicitudes se dan porque desde la CAEA consideran que el documento que ha presentado el consistorio, al no recoger las “determinaciones urbanísticas específicas para cada una de las parcelas”, impide concluir cuáles serán las afecciones que tendrá la modificación. Por tanto la resolución sí deja constancia de que la ampliación planteada tiene un efecto “poco significativo” en cuanto al planeamiento en vigor, pero corrige que “cuestión distinta” es que la solución urbanística “que se adopte en cada uno de los casos sea la más adecuada” para la protección del patrimonio cultural.
Las 69 viviendas, según el Servicio Administrativo de Patrimonio Histórico, “responden al esquema de casa terrera tradicional, en bastantes casos con las fachadas modificadas en lenguaje ecléctico a partir de finales del siglo XIX o construidas ex novo a partir de esa fecha en dicho lenguaje. Estas edificaciones alternan cubiertas de teja, en unos casos, y plana en otros”.
Valor patrimonial
Incluso la Memoria Descriptiva y Justificativa de la Modificación Menor plantea que los valores patrimoniales dominantes en el grupo de inmuebles propuestos para incluir en el catálogo se hallan relacionados “con su contribución a generar un ambiente o un paisaje urbano característico de un proceso de evolución histórica protagonizado por tejido social determinado, hallándose la mayoría de los elementos susceptibles de protección en el exterior de los edificios: cubiertas, parapetos, aleros, cornisas, molduras, puertas, ventanas, guardacantones, etc.”. Cuestión esta que señala la CAEA.
Por esta importancia histórica, pero especialmente a raíz “del desconocimiento de la solución detallada que se propone para cada parcela”, la comisión señala que la alternativa que promueve el consistorio, no puede garantizar la conservación y la protección de los elementos patrimoniales de estas viviendas. De hecho, apuntan que un análisis pormenorizado podría revelar que la inclusión en el catálogo sin aumentar las plantas de las viviendas “es el escenario más adecuado”.
“Con los datos que se aportan en la documentación remitida no se puede asegurar la conservación de los elementos citados, ni aun aplicando la condición expuesta en el informe del Servicio Administrativo de Patrimonio Histórico relativa a la conservación de la primera crujía”, sentencia.
Las viviendas objeto de la modificación se sitúan en las calles: Adelantado, Cabrera Pinto, Candilas, El Sol, Herradores, Juan de Vera, La Cordera, La Marina, Manuel de Ossuna, Marqués de Celada, Núñez de la Peña y Quintín Benito.