Intervención tira de las orejas al Cabildo por darle la mitad de los patrocinios a tres empresas

El servicio de Presidencia, área que lidera Teodoro Sosa, ha concedido en tres años el 50,03% de los contratos de carácter publicitario a New Event Eventos y Gestión Cultural; Gestión de Eventos y Viajes; y Artevalle Producciones

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El portavoz de Nueva Canarias, Teodoro Sosa / EFE - QUIQUE CURBELO
El portavoz de Nueva Canarias, Teodoro Sosa / EFE - QUIQUE CURBELO

La Intervención General del Cabildo de Gran Canaria —órgano fiscalizador que se encarga de comprobar la correcta gestión de los fondos públicos— ha tirado de las orejas al servicio de Presidencia en la Corporación Insular, dirigido por Teodoro Sosa (NC), porque el 50,03% de sus contratos de Patrocinio han sido para las tres mismas empresas desde el año 2021. Así queda reflejado en un informe firmado el pasado 8 de julio para poner a examen varios acuerdos al que ha tenido acceso Atlántico Hoy.

El área que encabeza el nacionalista ha concedido la mitad de los 2,4 millones de euros —la cantidad total asciende a 2.431.244,16 euros— entregados en los tres últimos años a las compañías New Event Eventos y Gestión Cultural (beneficiada con el 26,53%, 644.995,36 euros); Gestión de Eventos y Viajes (8,98%, 218.280 euros); así como Artevalle Producciones (14,5%, 353.100 euros). El problema reside en que para alcanzar los acuerdos publicitarios con las diferentes entidades, Presidencia no se ha ajustado a la Ley de Contratos del Sector Público. 

Cuatro informes desfavorables

En el documento queda reflejado que en el año 2022 hubo cuatro informes que acabaron siendo desfavorables —el 22 de mayo, 13 de junio, 14 de junio y 25 de julio— debido a que no respetaban “los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, y no discriminación e igualdad de trato entre los licitadores”. 

“Siendo esto un contrato de carácter privado, los pliegos y restos de documentos contractuales deben contener la equivalencia entre las prestaciones de las partes, es decir, cada expediente debe incluir una cuantificación individualizada clara de la correlación entre el retorno publicitario para la Isla y el importe abonado por la promoción”, prosigue. 

Isabel Mena, Teodoro Sosa y Antonio Morales, consejeros y presidente del Cabildo de Gran Canaria, en el debate sobre el estado de la isla. / AH
Isabel Mena, Teodoro Sosa y Antonio Morales, consejeros y presidente del Cabildo de Gran Canaria, en el debate sobre el estado de la isla. / AH

Contratos menores

Intervención resalta que el servicio de Presidencia, “como respuesta a lo anteriormente expuesto”, adoptó “medidas significativas” como tramitar mediante procedimiento negociado sin publicidad los contratos con los terceros que suponían un mayor volumen de contratación, uniendo los eventos programados para 2023. Merece la pena resaltar que los contratos menores —no pueden superar los 15.000 euros— y los negociados sin publicidad —conocidos popularmente como ‘a dedo'— componían el 29,47% del total desde 2021.

El órgano fiscalizador saca a colación un informe de la Junta Consultiva de la Comunidad Autónoma de Aragón del año 2009 que resulta muy tajante: “Tiene que haber una equivalencia entre las prestaciones de ambas partes y que debe quedar claramente constatada en los pliegos y en el propio documento contractual con el objeto de descartar que, tras la figura de un contrato, pueda ocultarse la concesión de una subvención en la que no existe la contraprestación directa por parte de un beneficiario”. 

"No se ajusta"

Tras estudiar dos expedientes —uno para la actuación del artista Drag Sethlas alcanzado con otro tercero y un segundo acuerdo para el concierto de Juan Marley cerrado con Gestión de Eventos y Viajes—, el informe insiste en que “las contraprestaciones individualizadas deben estar monetizadas, de tal modo que se pueda retribuir al contratista en función de la prestación realmente ejecutada”.

Intervención considera que con el empleo de procesos de contratación en lugar de subvención pública, y teniendo en cuenta que el servicio remite de nuevo un contrato menor para su fiscalización, “el procedimiento adoptado no se ajusta adecuadamente”. “Nada obsta para que pudieran valorar y contratarse otros eventos o actividades deportivas o culturales dentro o fuera de la isla que procurasen un mejor retorno publicitario a los escogidos actualmente mediante adjudicación directa”, añade.

Pone sobre la mesa la relevancia de tener instrucciones internas para detallar los procedimientos de evaluación, formalización, seguimiento o control. Pone como ejemplo de lo que sí se debe hacer a Promotur Turismo de Canarias y el Instituto Canario de Desarrollo Cultural (ICDC) porque ambos cumplen los principios de publicidad, transparencia, igualdad y libre concurrencia. El órgano fiscalizador cree que “de ese modo, se evitaría una restricción artificiosa de la demanda y podría utilizarse, una vez seleccionados, el procedimiento de licitación”.