El Cabildo de Gran Canaria ha declarado la alerta por riesgo de incendios forestales en la isla a partir de las 15.00 horas de este martes, 9 de abril, debido a las especiales condiciones climatológicas provocadas por la llegada de una masa de aire cálido y seco procedente del continente africano, que generará un ascenso de las temperaturas.
A este ascenso se suma un descenso de la humedad y la presencia de abundante polvo en suspensión y de fuertes vientos, que podrán alcanzar los 90 kilómetros por hora. Esta situación afecta a todo el territorio insular que esté situado por encima de los 800 metros sobre el nivel del mar, en la zona norte, y de los 400 metros, en la zona sur.
Decición apoyada en la Aemet
Por ello, la Dirección del Plan de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de Gran Canaria-INFOGRAN ha tomado esta decisión con base en las predicciones de la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet), en aplicación de la situación de alerta por riesgo de incendios forestales (INFOCA) declarada por la Dirección General de Seguridad y Emergencias del Gobierno de Canarias y por el estado actual de Gran Canaria.
En este escenario, la Corporación insular solicita a las y a los ciudadanos que extremen las precauciones y que acaten las medidas de prevención establecidas para estas situaciones. En concreto, está prohibido encender fuego en todo tipo de espacios abiertos, así como en los lugares habilitados para ello de las áreas recreativas, las zonas de acampada, los albergues y los espacios de descanso de la red de carreteras, en donde tampoco se puede utilizar cualquier tipo de sistema portátil con el mismo fin.
Prohibiciones
Del mismo modo, no está permitido circular por la GC-216, la carretera de acceso a Tamadaba, excepto a los vehículos de las y los vecinos y de los servicios públicos, y queda prohibido el uso de la zona de acampada de Llanos de la Mimbre y del área recreativa de Tamadaba.
Igualmente, se suspenden de forma temporal todas las autorizaciones concedidas para la quema de rastrojos, pastos permanentes y de restos de poda y de restos selvícolas, en tanto se mantenga la situación de riesgo.
Maquinaria parada
Asimismo, no se pueden utilizar maquinaria ni equipos en los montes y en las áreas rurales situadas en una franja de 400 metros alrededor de aquellos, cuyo funcionamiento genere deflagración, chispas o descargas eléctricas. Y, de la misma manera, se prohíben la actividad de carboneo y el empleo de fuego en la apicultura, así como la introducción y el uso de material pirotécnico.
Finalmente, está prohibido acceder y transitar por los senderos y las pistas forestales, salvo las y los residentes y los servicios públicos, así como arrojar o abandonar objetos en combustión o cualquier clase de material susceptible de originar un incendio.