El Cabildo de Gran Canaria no quiere detallar a qué entidades ha enviado un documento para pedirles que devuelvan el importe de alguna subvención no ejecutada al 100%. Así queda reflejado en una resolución del Comisionado de Transparencia —documento al que ha tenido acceso Atlántico Hoy— donde el organismo da 15 días a la Corporación Insular para que facilite la información solicitada por la consejera y portavoz del Partido Popular (PP), Pepa Luzardo.
El pasado 29 de febrero, Luzardo presentó una reclamación en contra de la respuesta que le dio el consejero de Cooperación Institucional y Solidaridad Internacional, Carmelo Ramírez, donde inadmitió tres solicitudes, entre las que se encontraba la “relación desglosada de todas las entidades a las que desde el Área de Solidaridad del Cabildo de Gran Canaria, ha tenido que realidad un DRI —documento para reintegrar la cantidad no ejecutada— en los años 2021, 2022 y 2023, detallado con los intereses de demora correspondientes”. Además, había otras peticiones como copias de facturas originales de los gastos por parte de Oportunidades de Vida.
"Solicitudes repetitivas"
En su contestación, Ramírez estima que “son solicitudes manifiestamente repetitivas en cuanto a que coinciden con otras presentadas sobre la misma cuestión que han sido resueltas con anterioridad”. “Para atenderlas se requeriría un tratamiento que obligaría a paralizar el resto de la gestión de los sujetos obligados a suministrar la información, impidiendo la atención justa y equitativa de su trabajo y el servicio público que tienen encomendado”, añade.
“En cualquier caso, la exigencia del interés de demora para los reintegros, devoluciones, y remanentes no aplicados no será de aplicación a las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación internacional otorgadas por cualquier administración pública estatal, autonómica o local”, continúa. Asegura también que “como servicio comprometido con la protección de la privacidad de los individuos, estamos ética y legalmente obligados a salvaguardar la confidencialidad de dicha información”.
"Un derecho fundamental"
El Comisionado de Transparencia, en la resolución establece que “el derecho de los electos locales es un derecho constitucionalmente reforzado y privilegiado en comparación con el que ostentan los ciudadanos particulares”. Además, reflexiona sobre que “los miembros gobernantes de la entidad local tienen acceso a la información solicitada, de manera que el resto de consejeros no pueden ser de peor condición”. Expone que para Luzardo recibir datos sobre los servicios insulares es “un derecho fundamental”.
“No obstante la entidad reclamada no realiza una identificación de las causas materiales, elementos jurídicos, elementos objetivables de carácter organizativo, funcional o presupuestario y la ponderación razonada y basada en indicadores objetivos convenientemente justificada que hagan imposible la entrega de la concreta información solicitada”, relata.