Una sentencia frena el proceso de contratación de chóferes en Guaguas Municipales

Un Juzgado de lo Social de Las Palmas de Gran Canaria estima la demanda de los aspirantes y anula diversas bases por vulneración de derechos fundamentales

Patri Galán

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Guaguas Municipales abrió en 2024 un proceso para seleccionar chóferes para su bolsa de trabajo. / Guaguas Municipales
Guaguas Municipales abrió en 2024 un proceso para seleccionar chóferes para su bolsa de trabajo. / Guaguas Municipales

El Juzgado de lo Social nº 11 de Las Palmas de Gran Canaria ha emitido una sentencia en la que se declara la nulidad de varias bases de la convocatoria de febrero de 2024 para la bolsa de empleo de conductores perceptores de Guaguas Municipales. La magistrada Marina Mas Carrillo dictaminó que se han vulnerado derechos fundamentales de los aspirantes, lo que lleva a la anulación de dichas bases.

El fallo, adelantado por Canarias7 y al que también ha tenido acceso Atlántico Hoy, frena el proceso de contratación de chóferes en Guaguas Municipales, según interpreta la parte demandante. En la compañía de transporte, sin embargo, se analiza una sentencia que, para algunas voces de la empresa municipal no anula un proceso que continuará con las modificaciones oportunas.

El 7 de abril de 2024, Javier Martel Martín y otros aspirantes presentaron una demanda ante el Juzgado de lo Social de Las Palmas de Gran Canaria. Representados por el letrado Javier Jesús Armas Medina, los demandantes alegaron que diversas bases de la convocatoria para la bolsa de empleo de conductores perceptores de Guaguas Municipales eran discriminatorias y violaban sus derechos fundamentales. La demanda fue admitida a trámite y se celebró la vista del juicio el 23 de mayo de 2024, donde comparecieron las partes involucradas. Tras la celebración del juicio y la práctica de las pruebas, el caso quedó visto para sentencia el 3 de junio de 2024​.

Hechos Probados

Participación en la Convocatoria. Los actores firmaron las solicitudes para participar en la bolsa de empleo de conductores perceptores convocada en febrero de 2024. La bolsa de empleo pretendía cubrir 350 puestos, de los cuales 25 estaban reservados para personas con discapacidad igual o superior al 33%, siempre que tales limitaciones no fueran incompatibles con el desempeño del puesto de trabajo​​.

Requisitos Excluyentes. Ninguno de los demandantes acreditó tener una discapacidad igual o superior al 33%, ni padecer patologías incompatibles con el puesto de trabajo, como procesos oncológicos o consumo de benzodiazepinas. Además, todos los demandantes que se presentaron a la prueba física la superaron​.

Fundamentos de Derecho

La sentencia subraya que las bases impugnadas vulneran principios fundamentales de igualdad y no discriminación, y que la empresa demandada, Guaguas Municipales al ser una sociedad mercantil pública cuyo capital es 100% titularidad del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, debe respetar los principios de igualdad, mérito y capacidad en sus procesos selectivos.

Base 5.3. Esta base consideraba que la firma de la solicitud de admisión implicaba la aceptación de las bases, lo cual fue visto como una renuncia implícita al derecho a la tutela judicial efectiva, violando el artículo 24.1 de la Constitución Española​​.

Base 6.2.2. La otorgación de méritos adicionales a los aspirantes provenientes de las Fuerzas Armadas, excluyendo a otros cuerpos de seguridad como la Policía Nacional o la Guardia Civil, fue considerada como un trato desigual y arbitrario, contraviniendo los principios de igualdad y no discriminación.

Curso Selectivo (Base 9). La falta de claridad y definición en las pruebas teórico-prácticas y en el temario del curso de formación requerido para la contratación definitiva fue considerada una falta de transparencia y equidad en el proceso selectivo​.

Fallo

La magistrada Marina Mas Carrillo dictaminó la nulidad de las bases impugnadas por ser contrarias a los derechos fundamentales de igualdad y tutela judicial efectiva. En su fallo, ordenó a Guaguas Municipales reformular las bases de la convocatoria ajustándose a los principios de igualdad, mérito y capacidad, garantizando así un proceso selectivo justo y no discriminatorio para todos los aspirantes. Esta sentencia supone un importante precedente en la protección de los derechos de los aspirantes a empleos públicos, asegurando que los procesos de selección se realicen bajo condiciones de transparencia y equidad​.

Además, la sentencia destaca que Guaguas Municipales, a pesar de ser una sociedad mercantil, está sujeta a principios de derecho público debido a su naturaleza y titularidad pública, debiendo ajustar sus procesos selectivos a las normativas que garantizan la igualdad de oportunidades y la no discriminación en el acceso al empleo público​​.