Las juntas de propietarios telemáticas, más cerca

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El Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas –CGCAFE-, tras las diversas reuniones mantenidas con los distintos Grupos Parlamentarios, ha logrado que el Grupo Parlamentario Socialista, el Grupo Popular y el de Ciudadanos hayan presentado sendas mociones para que se puedan celebrar reuniones virtuales de las juntas de propietarios.En España se celebran, aproximadamente, 1.000.000 de reuniones anuales de comunidades de propietarios, que no han podido celebrarse por la situación sanitaria provocada por la COVID-19, lo que ha supuesto que un motor de desarrollo económico tan importante como es el de los servicios, mantenimiento y, fundamentalmente, las obras en los edificios se haya frenado, y con ello, que numerosas empresas se están viendo afectadas por la paralización de obras para mejorar la accesibilidad, las telecomunicaciones, la eficiencia energética y la rehabilitación de edificios en general. Para Salvador Díez, presidente del CGCAFE, “si esta situación se prolonga se verá comprometida, incluso, la gestión de las ayudas al sector de la edificación del Fondo de Recuperación Europeo”.

NI JUNTAS TELEMÁTICAS NI PRESENCIALES: ¿QUÉ SE PROPONE?

Los Administradores de Fincas colegiados solicitan que se apruebe, urgentemente, una norma que regule, a nivel estatal, la celebración de juntas de propietarios y de los órganos de gobierno de las comunidades de propietarios por medios cibernéticos, garantizando el derecho de participación de todos los propietarios -que podrán asistir representados-, y con la posibilidad de intervenir en las deliberaciones y de garantizar la emisión de su voto.No obstante, hay que tener presente sus particularidades, el número de propietarios y la capacidad de acceso a la tecnología. Por esto, y dado que no todas las comunidades podrán reunirse virtualmente, también se propone la posibilidad de adoptar acuerdos sin Junta mientras duren las restricciones.Hay que recordar que la Comunidad Autónoma de Cataluña sí establece la posibilidad de reuniones vía telemática y la validez de la toma de acuerdos de Junta de Propietarios con este sistema con la aprobación del Decreto-ley 26/2020, de 23 de junio, de medidas extraordinarias en materia sanitaria y administrativa. Desde entonces están en vigor soluciones similares en Cataluña a las que propone el CGCAFE sin haber generado ningún problema entre los propietarios y resultando útiles para que no se frene ni la vida en comunidad, ni la economía.En la práctica, muchas comunidades de propietarios tienen garantizado su funcionamiento y, salvo que surja una necesidad por alguna obra urgente, gran parte de los propietarios prefieren no celebrar reuniones para evitar riesgos de contagio. Por este motivo, y para dar cobertura legal a estas situaciones, Salvador Díez explica la necesidad de “suspender la obligación de convocar anualmente las reuniones durante 12 meses y dar por renovados, de forma tácita, tanto los cargos de la Junta de Propietarios de la comunidad y los presupuestos con el respaldo legal necesario”.